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Política | Cerimedo, cerebro tras los trolls mileístas argentinos, a un paso de ser enjuiciado en Brasil por golpista

por A. Miravet 25 noviembre 2024

El pedido de acusación de la Policía Federal a los fiscales federales que investigan el caso incluye a Jair Bolsonaro, el único presidente de la historia brasileña acusado de golpista. Los delitos por los que están acusados son intento de abolición violenta del estado democrático de derecho, golpe de estado y organización criminal, que contemplan penas que pueden llegar a los 30 años de prisión efectiva.

La decisión de la Policía Federal, contenida en un documento de 884 páginas que fue remitido a la Corte Suprema, monopolizó la agenda de los medios en Brasil, que también destacaron la participación del «argentino» Cerimedo en la trama acusada de golpista. El caso también llegó a la portada de los principales sitios de noticias del mundo.

Además de Bolsonaro, también están en el listado el general Walter Souza Braga Netto que fue jefe de Gabinete y el poder real del gobierno de Bolsonaro y el general Augusto Heleno, que fue ministro de Seguridad y la otra pata del ala militar del bolsonarismo.

En esa lista de 37 imputados aparece Cerimedo, que como anticipó LPO en febrero, para la Policía Federal brasileña formó parte del llamado Oficina del Odio cuya misión era difundir noticias falsas sobre el funcionamiento del sistema de votación para instalar la idea de un supuesto fraude, como justificativo de un golpe de Estado. Cuando LPO reveló su situación en exclusiva, Cerimedo recorrió canales de televisión para decir que la información publicada era una «mentira» de este medio y afirmó que estaba sobreseído.

El grupo investigado actuó a través de milicias digitales para amplificar a través de multicanales la idea de que las elecciones presidenciales fueron fraudulentas, animando a sus seguidores a «resistir» en frente a cuarteles e instalaciones de las Fuerzas Armadas y crear el entorno adecuado para la intervención federal comandados por fuerzas militares.

El caso ahora queda en manos de los fiscales que según explicó a LPO una fuente al tanto del proceso, podrían dictar imputaciones y procesamientos alrededor de marzo del año que viene y la Corte Suprema estaría en condiciones de dictar su fallo en el segundo semestre.

Esta decisión de la justicia brasileña puede tener un rebote en la justicia argentina, donde tramita una causa similar contra el estratega de Milei en el juzgado federal a cargo de Ariel Lijo, propuesto por el Gobierno para integrar la Corte Suprema.

El documento de la Policía Federal analiza la conducta de Cerimedo y afirma que «el grupo investigado incluso actuó a través de milicias digitales para repercutir y amplificar a través de multicanales la idea de que las elecciones presidenciales fueron fraudulentas, animando a sus seguidores a «resistir» en frente a cuarteles e instalaciones de las Fuerzas Armadas y crear el entorno adecuado para la intervención federal comandados por fuerzas militares».

«Los ataques al proceso de votación electrónica no comenzaron después de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales de 2022. El grupo ahora investigado, desde 2019, utilizó el modus operandi desarrollados por la autodenominada GDO («Oficina del odio») para propagar la idea de vulnerabilidad y fraude en sistema de votación electrónica del país», agrega el documento.

La Policía Federal destacó que «Cerimedo utilizó los mismos argumentos falsos creados por los hackers», citados en una conversación sostenida entre Mauro Cid (el arrepentido que aportó toda la información para la investigación) y Sergio Ricardo Cavaliere de Medeiros. Acusa además al asesor de Milei de haber armado [un Google Drive donde accedían a los archivos que contienen la grabación de la transmisión en vivo y la versión editada del video, para facilitar la difusión de noticias fraudulentas y amplificar la desinformación ilícita».

Luego de la acusación de la Policía Federal, ahora el proceso queda en manos de la Fiscalía General que es quien tiene que decidir si acusa a los imputados que, eventualmente, podrían terminar procesados acusados de atentar contra el orden constitucional de Brasil. Por esa causa, la justicia ya le retuvo el pasaporte a Bolsonaro, que no puede dejar el país.

Según pudo saber LPO con fuentes cercanas a la causa, el proceso de imputación formal podría resolverle en febrero o marzo y a partir de ahí, será la Corte Suprema la que finalice el juzgamiento que podría darse en el segundo semestre de 2025.

Esta decisión de la justicia brasileña puede tener un rebote en la justicia argentina, donde tramita una causa similar contra el estratega de Milei en el juzgado federal a cargo de Ariel Lijo, propuesto por el Gobierno para integrar la Corte Suprema.

Un funcionario judicial de Brasil explicó a LPO que las miradas están ahora sobre el procurador General, Paulo Gonet, un juez que apoyó la Operación Lava Jato pero que pudo mantenerse en el cargo gracias a un acuerdo con Lula.

El proceso termina en la Corte Suprema y fue el juez de ese tribunal, Alexander De Moraes el que dio luz verde para el inicio de esta investigación. Esto, según analistas brasileños refuerza la idea que la causa avanzará y los acusados podrían terminar procesados y condenados. De Moraes suele ser blanco de la furia tuitera de Cerimedo y es quien lideró la pelea de la justicia brasileña contra el dueño de esa red, el billonario Elon Musk.

La decisión de la Policía Federal se produce cuando Brasil sigue conmocionado por el intento de asesinato de Lula que detectó la Policía Federal como parte de la conspiración para propiciar un golpe de Estado, tras el triunfo electoral del líder del PT.

El hecho que activó la decisión de la Policía Federal de investigar esta trama fue la detención de cuatro militares que formaron parte de un plan que tenía la intención de matar a Lula y su vice Geraldo Alckmin mediante envenenamiento o utilizando productos químicos para provocar un colapso orgánico y el secuestro y ejecución de Alexander de Moraes.

El plan debía ser llevado a cabo por soldados conocidos como «Black Kids», las fuerzas especiales del ejército brasileño y tras el asesinato del candidato ganador, Bolsonaro firmaría un decreto que establecería el Estado de Defensa en Brasil para dar paso al operativo «Puñal Verde y Amarillo» que incluía una estructura organizativa para un Gabinete de Crisis liderada por Heleno Ribeiro Pereira y Braga Netto.

25 noviembre 2024
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Política | El balotaje devuelve el poder a la izquierda en Uruguay con la fórmula Orsi-Cosse

por A. Miravet 24 noviembre 2024

Este domingo 24 de noviembre, se celebró el balotaje en Uruguay con una participación cercana al 90 %, y Yamandú Orsi, candidato de Frente Amplio, se convirtió en el presidente electo. Junto a su compañera y futura vicepresidenta, Carolina Cosse, vencieron con el 50% al oficialista Álvaro Delgado.

El delfín del exmandatario José «Pepe» Mujica asumirá el cargo el próximo 1 de marzo de 2025 y comandará al país hasta el 2030. El mandatario saliente, Luis Lacalle Pou felicitó a Orsi y aseguró en redes sociales que se puso a disposición para comenzar con la transición.

Antes del discurso de Yamandú Orsi, el candidato oficialista Alvaro Delgado reconoció la derrota y sentenció: «Nosotros no estamos derrotados, acá hay una coalición integrada por cinco partidos, a los cuales quiero agradecerles el haber puesto el amor, el compromiso, la fuerza y las ganas en esta campaña».

“Es uno de los discursos más difíciles que voy a tener que hacer en mi vida, pero en la vida política siempre pasa: uno tiene que respetar por sobre todas las cosas la decisión soberana. Yo siempre dije que el camino que elegimos para ganar era el que nos convalidaba después, para ir a buscar los acuerdos, y actuamos en consecuencia. Por eso hoy, sin complejo de culpa, con tristeza, claro que sí, pero sin complejo de culpa, podemos felicitar a quien ganó, a quien tuvo la preferencia y hacerlo con sinceridad y de corazón, con desprendimiento y con un sentido muy republicano», completó.

«Triunfa, una vez más, el país de la libertad, de la igualdad y de la fraternidad; voy a ser el presidente que convoque una y otra vez al diálogo nacional para encontrar las mejores soluciones, escuchando muy bien lo que nos dicen los demás», sentenció en su discurso el mandatario electo Yamandú Orsi en un clima de algarabía que se vivió particularmente en la capital, Montevido, cuya intendente es la vicepresidenta de Orsi, Carolina Cosse.

«Entendamos que hay otra parte de nuestro pueblo que, como nosotros hace un tiempo, hoy están con otro sentimiento. Esa gente también nos tendrá que ayudar a construir un país mejor, a ellos también los precisamos. El mensaje no puede ser otro que sigan abrazando las banderas, las ideas, porque a partir del debate de ideas se construye un país mejor, y sobre todas las cosas, una república democrática con futuro», indicó Orsi en su primer discurso como presidente electo.

La faceta más conocida de Yamandú Orsu es la de intendente del departamento de Canelones. El primer período en el que ejerció el cargo fue de 2015 a 2019 y el segundo de 2020 a principios de 2024, cuando renunció para lanzar su precandidatura presidencial del Frente Amplio. Contaba entonces con 70 % de aprobación.

Dicen en Uruguay que el partido que gana en Canelones, gana la presidencia. Este departamento de 500 mil habitantes es un bastión frenteamplista: la coalición de izquierda triunfa desde hace 20 años excepto en las elecciones de 2019. Para las de 2023, el departamento volvía a hacer del Frente Amplio.

La Cancillería argentina felicitó al ganador por la red social X
«La República Argentina felicita al pueblo uruguayo por su ejemplar jornada cívica y saluda al presidente electo Yamandú Orsi por su victoria», escribió el perfil oficial de Cancillería en X. El mensaje fue retuiteado por el presidente Javier Milei, pero hasta las 23 no hizo su posteo propio en su red social favorita al igual que otros mandatarios de la región.

Hasta mañana! Regresó la alegría a #Uruguay 🇺🇾 pic.twitter.com/IixyMeQEYX

— Carlos Montero (@CMonteroOficial) November 25, 2024


El triunfo electoral del Frente Amplio abre la puerta a una nueva etapa de expansión de derechos en Uruguay. Las bases programáticas del partido que encabeza la fórmula Yamandú Orsi-Carolina Cosse incluyen un capítulo titulado “Un país que asume la perspectiva interseccional de género como transversal e integradora”, que contempla medidas sobre cuestiones como la democracia paritaria, «una educación inclusiva y transformadora de los roles y los estereotipos de género”, y el fortalecimiento de la institucionalidad (con propuestas como jerarquizar el Instituto Nacional de las Mujeres), escribe Meredes López San Miguel para Página 12, desde Montevideo.

El gobernador bonaerense Axel Kicillof también saludó a Yamandú Orsi por su triunfo: «¡Felicitaciones a @OrsiYamandu y a @CosseCarolina por el triunfo electoral! El pueblo se expresó en las urnas y el @Frente_Amplio vuelve a gobernar Uruguay, una feliz noticia para la Patria Grande».

«Desde la provincia de Buenos Aires, continuaremos profundizando los lazos históricos que unen a nuestros pueblos», cerró en su mensaje de redes sociales.

¡Felicitaciones a @OrsiYamandu y a @CosseCarolina por el triunfo electoral!

El pueblo se expresó en las urnas y el @Frente_Amplio vuelve a gobernar Uruguay, una feliz noticia para la Patria Grande.

Desde la provincia de Buenos Aires, continuaremos profundizando los lazos…

— Axel Kicillof (@Kicillofok) November 25, 2024

La expresidenta argentina Cristina Fernández de Kirchner también celebró en redes sociales el triunfo de la izquierda uruguaya, con un especial destaque al rol que le cupo al expresidente José Mujica.

La hermana República Oriental del Uruguay tiene nuevo presidente: Yamandú Orsi. Enorme alegría y todas las felicitaciones al flamante presidente, a su compañera de fórmula Carolina Cosse y por supuesto al Frente Amplio, la fuerza política que vuelve al Gobierno.

Y también un…

— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) November 25, 2024


El presidente brasileño Lula da Silva felicitó a Yamandú Orsi y aseguró que es una victoria para toda América Latina y el Caribe.

«Esta es una victoria para toda América Latina y el Caribe. Brasil y Uruguay seguirán trabajando juntos en el Mercosur y en otros foros por el desarrollo justo y sostenible, la paz y la integración regional», remarcó en redes sociales.

Quero congratular o povo uruguaio pela realização de eleições democráticas e pacíficas e, em especial, o presidente eleito @OrsiYamandu, a Frente Ampla e meu amigo Pepe Mujica pela vitória no pleito de hoje. Essa é uma vitória de toda a América Latina e do Caribe. Brasil e…

— Lula (@LulaOficial) November 25, 2024

24 noviembre 2024
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Argentina / Judiciales | Corte Suprema de Justicia declara la inconstitucionalidad de la prisión perpetua

por A. Miravet 22 noviembre 2024

Esto se dio al rechazar un recurso de la fiscalía contra ese caso en particular en donde la defensa alegaba la afectación al derecho a la esperanza de un condenado. La decisión fue firmada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, en tanto que Ricardo Lorenzetti no suscribió.

“No se advierte que en el recurso extraordinario federal la apelante haya rebatido las afirmaciones de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional respecto del derecho de una persona a conocer, desde el momento mismo de la imposición de la condena privativa de la libertad efectivamente perpetua, cuál es el régimen definitivamente aplicable de la pena impuesta”, se afirmó.

Se trata del caso en el que el delincuente Sebastián Alejandro Guerra disparó con arma de fuego y asesinó a María Luján Campilongo, de 34 años, que era cabo de la Policía Federal; hiriendo también a su novio, Diego Hernán Ghiglione, de 28 años, quien sobrevivió a los disparos recibidos.

En términos generales, el fallo de la CSJN implica declarar la inconstitucionalidad del art. 14, inc. 1° del Código Penal, en cuanto establece que los condenados por alguno de los delitos previstos en el art. 80 del Código Penal no pueden acceder a la libertad condicional. La principal consecuencia es que la pena de “prisión perpetua” deja de ser “realmente perpetua” a su respecto, dado que pueden acceder, eventualmente, a la libertad condicional, con independencia del delito cometido.

Cómo fueron los hechos

La pareja de policías estaba de vacaciones, pero iba a trabajar vestidos de civil. Ella manejaba y cuando estaban por llegar a la seccional, la rodearon dos autos con al menos seis delincuentes que dispararon 30 tiros y la asesinaron al impactar un disparo en la cabeza. El 19 de noviembre de 2014, Guerra fue condenado por el Tribunal Oral de Menores N°2 de CABA a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas por ser considerado coautor penalmente responsable de los delitos de robo con arma de fuego reiterado en cuatro oportunidades (dos en grado de tentativa) y homicidio también reiterado en dos oportunidades (una de ellas en grado de tentativa).

El hecho ocurrió el 19 de noviembre de 2012. Doce años después, el fallo avala una postura que permitiría la libertad del condenado con independencia de la afectación de las víctimas. La sentencia se basa en “el derecho a la esperanza”, es decir, que el condenado a prisión perpetua tiene derecho a que se le permita la rehabilitación y por ende su libertad.

En rigor, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró mal concedido un recurso extraordinario en una causa en la que la fiscalía había cuestionado el momento en que se puede examinar la validez de la pena de prisión realmente perpetua, que excluye toda posibilidad de que la persona condenada recobre la libertad en algún momento de su vida. En el caso, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal había declarado la inconstitucionalidad de la norma que excluye la posibilidad de conceder la libertad condicional cuando se cometen determinados delitos. El caso llegó a la Corte por apelación del fiscal, quien alegó que no era el momento procesal para analizar la legalidad de esas normas.

La Corte consideró mal concedido el recurso extraordinario federal, pues la fiscalía “no rebatió los argumentos de la sentencia de cámara”, y aclaró que en el caso “no se encuentra discutida la validez constitucional de la pena de prisión perpetua”. Lo que la recurrente alega, explicó, es la inexistencia de un agravio concreto y actual para el condenado, que justifique la declaración de inconstitucionalidad.

La defensa de Guerra solicitó la inconstitucionalidad de la pena de prisión realmente perpetua, por la imposibilidad de acceder a la libertad condicional y la libertad asistida, entre otros beneficios, pero el tribunal rechazó el planteo. Entendió que Guerra aún no se encontraba habilitado para solicitar la libertad condicional, al no haber cumplido el tiempo mínimo de pena exigido para la evaluación de su concesión. “Solo el efectivo y concreto perjuicio pueden habilitar la competencia del tratamiento de una cuestión como la planteada”, dijo.

Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Allí sostuvo la inconstitucionalidad de la pena de prisión realmente perpetua y, en particular, de su aplicación al caso, en tanto el régimen legal vigente a la fecha del hecho no admitía el egreso anticipado. Señaló que tal sanción vulneraba el mandato resocializador de la pena privativa de la libertad, la exigencia de proporcionalidad y de estricta legalidad, y la prohibición de imposición de castigos crueles o inhumanos.

La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, por mayoría, declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal y, en consecuencia, su inaplicabilidad respecto de la pena impuesta a Guerra. Afirmó que resultaba inequívoco que el artículo 14 del CP, aplicado a penas privativas de libertad perpetua, perseguía la exclusión social del condenado de modo definitivo y, por ende, era inconciliable con diversos tratados internacionales de derechos humanos.

Contra esa decisión, fue la Fiscalía General la que presentó un recurso extraordinario federal. Entendió que la sentencia era arbitraria, que el momento oportuno para discutir la constitucionalidad de la norma en cuestión sería aquel en que el condenado se encontrase en condiciones de acceder, por ejemplo, a la libertad condicional, y que la resolución cuestionada había declarado la inaplicabilidad de una norma que (aun) no resultaba aplicable al caso concreto.

La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional concedió el recurso y remitió el caso a la Corte. El Máximo Tribunal, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, declaró mal concedido el recurso extraordinario. “En el caso no se encuentra discutida la validez constitucional de la pena de prisión perpetua”, se subrayó, pero “lo que la recurrente alega es la inexistencia de un agravio concreto y actual para el condenado que justifique la declaración de inconstitucionalidad del artículo 14 del C.P., toda vez que no ha cumplido con el tiempo mínimo necesario para solicitar acceder a la libertad condicional”.

El Máximo Tribunal consideró que la Fiscalía no rebatió los argumentos de la sentencia de Cámara en términos que satisfagan el requisito de fundamentación autónoma (artículo 15 de la ley 48), que supone que el escrito debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en los que se apoya el tribunal apelado, de manera concreta y razonada. En tal sentido, señaló que “sin realizar un mínimo esfuerzo por responder los numerosos fundamentos que dieron sustento a la resolución casatoria, la apelante se limita a sostener la inexistencia de un agravio concreto y actual para examinar la constitucionalidad del artículo 14 del C.P. a partir de que el condenado no ha cumplido con el tiempo mínimo necesario para solicitar la concesión de la libertad condicional”.

Al respecto, la Corte recordó que, para que una norma respete el principio de legalidad en materia penal es necesario que, además de describir la conducta reprochable, establezca la naturaleza y límites de la pena de modo tal que, al momento de cometer la infracción, su eventual autor esté en condiciones de representarse en términos concretos la sanción con la que se lo amenaza.

El recurso, concluyó la Corte, no refuta las conclusiones de la Cámara. Allí se afirmó que el principio de legalidad en materia penal, que contiene el mandato de certeza, aunado con el mandato resocializador de las penas privativas de la libertad y la prohibición de imponer penas crueles, inhumanas y degradantes, “exige que la ley defina, de modo explícito y con carácter previo, la conducta delictiva, la extensión temporal de la pena aplicable y, como derivación necesaria en el caso de las penas privativas de la libertad perpetuas, las condiciones que debe cumplir el condenado para su reinserción social, lo que supone establecer el plazo de revisión del cumplimiento de tal pena y sus requisitos, de modo que el condenado pueda saber qué debe hacer, en términos de cumplimiento del tratamiento penitenciario, para recuperar su libertad”.

22 noviembre 2024
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DestacadosGobiernoNacionalesPolíticaTitulares

Argentina / Política | Jefe de Gabinete y el vocero salieron a minimizar duro ataque del presidente a la vicepresidenta

por A. Miravet 22 noviembre 2024

El ultraderechista Milei había señalado en un condescendiente programa de TV que su vice era casta política y que no participa ni toma decisiones en el Gobierno. Lo cierto es que los trolls libertarios no recibieron el mensaje de los funcionarios y celebran la ruptura.

Horas después de que Milei acusara a su compañera de fórmula de “estar más cerca de la casta”, Francos planteó: “No creo que haya que tomar al pie de la letra, textualmente, cada uno de los comentarios de la manera en la que se expresa”.

“Cuando el Presidente dice que la Vicepresidenta está más cerca de la casta se refiere a que trabaja fundamentalmente con los distintos bloques de senadores tratando de llevar adelante las propuestas del gobierno nacional”, intentó justificar el titular de ministros en una entrevista a Radio Rivadavia.

En la misma línea, admitió que diferencias de opinión y de criterio entre Milei y Villarruel, y aclaró que cumplen roles diferentes. “El Presidente está tratando temas de gestión diaria y el vice trata más los temas legislativos. Es algo natural”, sintetizó

Asimismo, Francos destacó la imagen en las encuestas que cosechó la titular del Senado, aunque evitó juzgar sus deseos de concentrarse en su propia carrera política. “Es una dirigente con una imagen razonable, puede tener ambiciones políticas y no me parece mal, pero hoy estamos ante un gobierno del presidente Milei”, aseveró.

“No creo que ella esté pensando en algún juego político propio, pero no puedo juzgar cuál es su ambición política porque no la conozco”, afirmó al respecto.

Adorni en tanto dijo que la vicepresidenta Villarruel «es parte del Gobierno».

“La Vicepresidenta es la Vicepresidenta, por lo tanto, por supuesto que es parte del Gobierno», aclaró, en la habitual conferencia de prensa.

“Lamentablemente comparte mucho tiempo de su vida en sus labores como Vicepresidenta con la casta. Está la vista”, insistió.

Asimismo, aseguró que el mandatario describió la función de su compañera de fórmula, aunque negó una potencial ruptura con el Poder Ejecutivo. «El Presidente hizo una descripción y nada más», sostuvo.

Consultado sobre el potencial pedido de renuncia, Adorni respondió: “¿Cómo le vamos a pedir la renuncia? ¡Es una locura! Obvio que no”.

Por su parte, el portavoz destacó la tarea de la titular del Senado en la Cámara Alta, la que calificó de “extremadamente compleja» ante la minoría libertaria en el recinto, y destacó sus logros, como la sanción de la Ley Bases.

Al finalizar, justificó las ausencias de Villarruel en las reuniones de Gabinete al plantear que en los inicios de la gestión daba el presente para iniciar la coordinación de los equipos. “Habiéndolas coordinado es razonable que las reuniones sean con los ministros del Ejecutivo. No hay ninguna rareza”, concluyó.

22 noviembre 2024
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ComercioEconomíaGobiernoNacionalesPolíticaTitularesTrabajo

Argentina / Economía | El salario mínimo, en su peor nivel desde 2001: acumuló una caída real del 28% en once meses

por A. Miravet 22 noviembre 2024

“El salario mínimo viene atravesando un proceso sostenido de deterioro desde diciembre de 2023, cuando perdió un 15% debido a la aceleración inflacionaria. Este retroceso continuó con una caída aún mayor del 17% en enero de este año”, explica el informe.

Tras los desplomes iniciales, el poder adquisitivo del salario mínimo mostró cierta estabilidad durante los meses siguientes, cuando los ajustes nominales lograron acompasar a la inflación. Sin embargo, en junio volvió a caer un 4,4%, seguido por una leve recuperación del 4,3% en julio, para luego retomar una senda de deterioro constante en los últimos tres meses.

“El salario mínimo real actual se ubica por debajo del nivel que tenía en 2001, antes de la crisis del colapso de la convertibilidad, y muestra una erosión de casi 60% respecto del valor máximo de la serie, registrado en septiembre de 2011”, puntualiza el informe de EDIL.

Panorama de los asalariados formales

El estudio también profundiza sobre el número de trabajadores asalariados del sistema laboral local, que se mantiene estable a pesar de la caída del poder de compra de sus ingresos.

En agosto de 2024 -último dato disponible- había 10.124.000 personas trabajadores asalariados registrados en la seguridad social, tanto en los sectores público, privado y en casas particulares, de acuerdo a los datos desestacionalizados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Esto implica una caída de 223.000 personas con respecto a agosto de 2023.

Desde enero hasta julio, las caídas mensuales del empleo asalariado formal presentaron una tendencia decreciente y en agosto el número de ocupados formales se mantuvo prácticamente sin cambios con respecto al mes anterior lo que, en términos absolutos, implicó un leve aumento de casi 1.600 trabajadores.

«La dinámica contractiva desde octubre de 2023 acumuló hasta julio diez meses de caídas consecutivas. Alrededor del 33% de esta caída se produjo entre diciembre de 2023 y enero de 2024, cuando se perdieron cerca de 74 mil posiciones formales asalariadas (-0,7%)», señala el informe.

Las caídas de los meses siguientes continuaron siendo significativas, pero disminuyendo su intensidad.

Esta evolución descendente ubica al número de asalariados formales en un valor similar al de noviembre de 2022 y es inferior a todos los valores mensuales de 2023, señala el Instituto Interdisciplinario de Economía Política.

22 noviembre 2024
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Argentina / Economía | La Justicia falla contra farmacias pero señala que desregulación libertaria no alcanza a provincias

por A. Miravet 22 noviembre 2024

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3 rechazó el reclamo, bajo el argumento de que la normativa no viola ningún derecho existente. Y deja en claro que disposiciones provinciales no se ven afectadas. Por ello Misiones no tendrá problemas en que medicamentos sigan sin venderse, por cuestiones de salud, en kioscos y supermercados.

El juez Santiago Carrillo determinó que las medidas adoptadas no evidencian un riesgo sanitario comprobado y que al no ser obligatorias para las provincias no se avasalla la autonomía de cada jurisdicción.

Las entidades del sector farmacéutico habían pedido que se declare la nulidad de los artículos 313 a 325 del DNU 70/2023 al entender que son inconstitucionales, ya que modificaron la Ley 17.565 sin pasar por el Congreso nacional.

Argumentaron en su presentación que estos cambios “implican una directa ablación a los derechos fundamentales del ejercicio de la profesión”, como también del “derecho a la salud de las personas que requieren de la dispensación responsable y adecuada de medicamentos en un establecimiento farmacéutico”.

También objetaron otros puntos como la posibilidad de despensa directa de medicamentos desde droguerías y comercios, la modalidad con la que se inscriben las instituciones y la flexibilización laboral de los directores técnicos de las farmacias

Para el juez Carrillo, en el análisis a prima facie “no se advierte el menoscabo que se denuncia al poder de policía de las jurisdicciones locales en cuanto a sus facultades de fiscalización y potestad reglamentaria en materia sanitaria”, según definió en el fallo al que accedió Infobae. El magistrado respaldó su decisión en que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos no están obligadas a suscribir a la medida del Ejecutivo nacional.

Sobre la posibilidad de que los medicamentos se vendan en otros lugares que no sean farmacias, el documento determinó: “Tampoco se aprecia que trasunte una reglamentación manifiestamente irrazonable de la actividad de las droguerías o que produzca en concreto una situación de riesgo sanitario”. Al defender el DNU, el Gobierno explicó que estas empresas “deben cumplir ciertas condiciones para ser habilitadas” y ya entregan “directamente al afiliado medicamentos oncológicos y medicamentos de tratamientos especiales, según lo estipula el decreto 63/2024″.

En cuanto a la venta en comercios, como kioscos o supermercados, también prevaleció el argumento del Ministerio de Salud, desde donde alegaron que para estos casos solo se permitió la comercialización de antiácidos y analgésicos de venta libre, lo que no genera ningún peligro para la población.

Según el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3, “las asociaciones actoras no han logrado acreditar” con sus argumentos “la configuración de un peligro de daño grave e irreparable” a los derechos que pidieron resguardar con la medida cautelar.

A su vez, el juez Carrillo insistió varios pasajes de la resolución que el tema “requiere un análisis más profundo” de lo que se le puede dar en el ámbito de una medida cautelar.

Qué cambió en la venta de medicamentos con el decreto 1024/24

El Gobierno desreguló las condiciones de expendio de los medicamentos de venta libre en Argentina, según lo dispuesto en el decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial. Como detalló Infobae, esta medida, firmada por el Presidente Javier Milei y el Ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, tiene por objetivo facilitar el acceso del público a estos productos “sin necesidad de intermediarios”.

Con la nueva normativa, los productos farmacéuticos sin receta podrán ser exhibidos y adquiridos directamente desde las góndolas de las farmacias. Además, se habilita la venta de dos tipos de medicamentos sin receta en otros puntos de venta, como kioscos, almacenes o supermercados.

“En los establecimientos que no estén habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos”, indica el decreto.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó el alcance la medida: “Previamente, un comercio cualquiera estaba sujeto a una gran cantidad de requisitos (garantías dinerarias, temperaturas máximas, etc.) para la venta de medicamentos de venta libre que por este decreto se eliminan. Ahora un kiosco o supermercado podrá vender este tipo de medicamentos sin otra restricción que la prohibición de venta a menores de edad”.

Sturzenegger remarcó que la medida apunta a mejorar la competencia de precios: “Ya hemos dicho que en antiácidos como el omeprazol hay diferencias de precios que son de 8 veces. Con un canal comercial más ágil y más focalizado en precio, dudo realmente que estas diferencias puedan mantenerse mucho tiempo”, sostuvo.

22 noviembre 2024
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Argentina / Economía | Estudio asegura que tener una prepaga puede llegar a significar el 25% de un salario

por A. Miravet 22 noviembre 2024

El cálculo pertenece al economista cordobés Nadin Argañaraz, titular del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), quien realizó un informe en el que toma un caso testigo del costo de un plan de la empresa Omint y lo compara durante un período con el salario formal promedio.

Así, descubrió que la cuota de la prepaga aumentó casi 50% interanual en términos reales, o sea, por encima de la inflación.

Omint no fue la única. Está el caso de Jerárquicos, en la cual una familia tipo que por un mismo plan pagaba en octubre 55 mil pesos, actualmente debe destinar más de $300 mil.

Las empresas de medicina prepaga siguieron sorprendiendo a sus afiliados con ajustes que hasta duplican las cifras mensuales que da a conocer el Indec con el IPC.

Aluden que tienen que ver con los insumos, la infraestructura, los medicamentos, los honorarios de los profesionales de la salud, de los sanatorios y de los prestadores.

Algunos planes tuvieron aumentos por encima del 400% (entre octubre de 2023 y el mismo mes de este año).

Cuestan desde $8000 por persona por mes (en el caso de las opciones más económicas como Hominis o Premedic) hasta más de $1.000.000 (en el caso de los planes premium de Osde, Galeno o similares).

Cambios de planes de salud
Los fuertes aumentos de las cuotas de la medicina privada llevaron a muchos afiliados a cambiar el plan de salud, inclusive dentro de la misma prepaga u obra social, cuya primera consecuencia fue que se presentaron zonas grises en las coberturas y los tribunales porteños recibieron un 40% más de por amparos.

Argañaraz recorrió un trayecto mayor de tiempo y así remarca que “en 2013 el gasto en este plan de medicina prepaga Omint insumía el 11% del salario formal promedio. En el período que va desde 2013 hasta 2019, la incidencia aumentó a un promedio del orden del 19%».

Antes del acuerdo con el gobierno nacional, en abril de 2024, el gasto en medicina prepaga había tenido una incidencia del 27,5% dentro del salario, la máxima de los últimos 12 años.

A partir de ahí se modificó el valor de las cuotas, lo que, dado el salario formal de los últimos meses, generó una menor incidencia, que, sobre el salario formal, fue del 21,9% en junio.

No obstante, en los meses posteriores continuó creciendo por encima del Ripte y en noviembre alcanzó una proporción del 24,3%”, según el trabajo del Iaraf.

Los salarios comenzaron finalmente a ganarle a la inflación en los últimos meses, especialmente los formales privados, pero las prepagas están ganándoles a esos mismos haberes.

Por lo cual, si bien la relación salarios/IPC mejora, en la comparación con las cuotas de las prepagas continúan perdiendo.

Caros aunque no siempre los mejores
En el 90% de los casos, la cuota más alta será la del plan 510 de la empresa Osde, que ofrece internación en habitación vip, cirugías estéticas, acupuntura, blanqueamiento dental, etc, señala el sitio Miobrasocial-

Según la opinión de los afiliados, OSDE es una de las mejores prepaga debido a su popularidad.

Principalmente se debe a su gran cartilla médica, la que más profesionales y centros médicos incluye entre todas las empresas de medicina privada.

Los cinco planes de salud más caros son: Osde 510 desde $721713/mes; Omint Premium desde $554764/mes; Sancor Salud S6000 Exclusive desde $534082/mes; Swiss Medical SMG 70 desde $528653/mes y Galeno 550 desde $482285/mes

En cambio, según los comentarios y recomendaciones de los usuarios de elegimejor, las mejores prepagas de Argentina son: Federada: 3,82 puntos sobre 5 posibles; Osde: 3,72 puntos; Prevención Salud: 3,61 puntos; Omint: 3,57 puntos; Medicus: 3,53 puntos; Avalian: 3,51 puntos; Plan de Salud Hospital Italiano: 3,48 puntos; Sancor Salud: 3,46 puntos; Galeno: 3,45 puntos y William Hope: 3,41 puntos.

Las empresas que hoy ofrecen planes más económicos y de calidad son Staff Médico (de Sancor), Accord Salud, PreMedic, y pueden sumarse opciones locales como Bristol Medicine en Buenos Aires, MET en Córdoba o Andes Salud en Mendoza, por dar ejemplos.

En cuanto a las obras sociales, hay más de 300 en el país, que se categorizan en: sindicales, nacionales, de dirección, de personal civil y militar, de empresas privadas y de administración mixta.

En opinión de los usuarios, las cuatro de mejor desempeño son Luis Pasteur, Unión Personal, Jerárquicos Salud y Osdepym.

El puntaje que otorga la plataforma da que encabeza el ránking Osfe: 3,68 puntos sobre 5 posibles; le siguen Luis Pasteur: 3,62 puntos; Andar: 3,58 puntos; Ospe: 3,56 puntos; Osprera: 3,55 puntos; Osdepym: 3,54 puntos; Unión Personal: 3,51 puntos; Jerárquicos: 3,50 puntos; Ospaca, 3,44 puntos, y Osjera: 3,44 puntos-

22 noviembre 2024
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Argentina / Economía | Textiles advierten que las importaciones afectarán la recuperación del sector

por A. Miravet 22 noviembre 2024

«El riesgo es que la mejora en el consumo, en el contexto en el cual estamos donde tenemos una cancha desnivelada, donde se favorece la importación sin ningún tipo de legislación en materia de valores criterio y demás, podemos correr el riesgo de que la pequeña recuperación que podamos ir teniendo los asalariados se vaya a importaciones», dijo hoy el presidente de Fundación ProTejer, Luciano Galfione.

En conferencia de prensa esta mañana, previo a la Convención Pro Textil 2024, Galfione repasó los factores que afectan al sector, que este año tuvo un uso de capacidad instalada de 44% promedio de enero a septiembre, y afirmó que «cualquier mejora en el sector va a ser reemplazada por producto importado».

El uso de capacidad instalada indica que 6 de cada 10 máquinas estuvieron paradas en 2024 en el sector textil, luego de 3 años de inversión récord por más de 1.400 millones de dólares.

Se refirió además a la apreciación cambiaria: «Cada vez somos más caros produciendo y se bajan aranceles a la importación, cada vez va a ser más difícil competir», agregó.

En este contexto, dijo que «no estamos en desacuerdo con la apertura económica ni con la mayor eficiencia del Estado; pero estas medidas deben tomarse con cierto recaudo, inteligencia y con una temporalidad estratégica».

Las medidas -consideró- deben «tener en cuenta que la producción local arrastra problemas estructurales de competitividad que se agravan en el actual contexto de tipo de cambio apreciado y una inflación en dólares muy fuerte».

«Si en este contexto, se toman medidas de baja de aranceles y desregulación de medidas de protección de comercio leal no hacemos más que seguir desnivelando la cancha en contra de nuestra producción, con posibles consecuencias estructurales que podrían ser irreversibles y con un daño enorme sobre capacidades construidas y sobre el entramado social», agregó.

De acuerdo con ProTejer, el precio de una remera en un shopping se compone en un 50% por impuestos que en su mayoría van al Estado nacional; un 30% por alquiler y costo financiero; 12% logística, marketing y rentabilidad; mientras que la industria sólo representa 8% del precio final.

«El problema de la Argentina no es producir, el problema de la Argentina es comerciar», aseguró Galfione.

En ese sentido, aseguró que «aunque importemos todo, no van a bajar los precios» y detalló que «la prenda importada se vende 7 veces más cara en Argentina que en Brasil», por los costos agregados de impuestos y comercio.

A su turno, Jorge Sorabilla, secretario de ProTejer y director de TN&Plantex, afirmó: «Estamos orgullosos con el precio de la ropa porque está por debajo de la inflación; hay muchos prejuicios porque miran lo importado y comparan con el precio de lo nacional».

«Creemos que el nivel de actividad va a estar 20% en promedio por debajo de 2023, con una rentabilidad diezmada o negativa», señaló.

Agregó que «en 2025 se espera un rebote de la economía, creemos que va a haber una recuperación económica el riesgo está en que sea aprovechada por los sectores importadores de producto terminado que sería lo peor que le puede pasar a la Argentina».

«Argentina no tiene un problema de competitividad en la industria, lo que tiene es un problema de estructuras impositivas que no te hace ser competitivo» mientras que «la apreciación cambiaría nos cierra además el mercado exportador», expresó Sorabilla.

Dijo que este año hubo diálogo con el Gobierno pero que «no hay un plan de desarrollo para el sector».

«Que bajen impuestos porque sino no va a poder competir la industria nacional», concluyó.

22 noviembre 2024
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Argentina / Judiciales | Rechazaron apelación de ex policías acusados de sedición en Misiones y seguirán presos

por A. Miravet 21 noviembre 2024

Los implicados, Ramón Alejandro Arrieta, Iván Ezequiel Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa, Ramón Oscar Amarilla, Joaquín Orrego, Adolfo Guirula y Horacio Ezequiel Elías Coutto, seguirán encarcelados mientras avanza la investigación judicial.

La decisión judicial se fundamentó en la presunta participación de los acusados en un plan de sedición y coacción agravada. Las autoridades sostienen que los expolicías pretendían fomentar un nuevo levantamiento policial con el fin de provocar la caída de la cúpula institucional.

La defensa intentó revocar la prisión preventiva, argumentando falta de pruebas suficientes. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones consideró que existen elementos sólidos que justifican la medida cautelar, asegurando la continuación del proceso judicial con los imputados en prisión.

21 noviembre 2024
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Argentina / Judiciales | Misiones: Informe psicológico al exdiputado Kiczka detecta «Inclinación a la pedofilia»

por A. Miravet 21 noviembre 2024

De acuerdo a Noticias Argentinas, el informe detalla que estos rasgos habrían impulsado al exlegislador a desarrollar un esquema sistemático de captación y distribución de contenido ilegal. Estas conclusiones coinciden con las evidencias presentadas por el juez Miguel Ángel Faría, quien investiga a Kiczka por la presunta tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil, además de indicios de incesto y zoofilia.

Los archivos encontrados en su poder revelaron imágenes explícitas que involucran a menores de 13 años en diversas prácticas sexuales, y sugieren una posible participación del exdiputado en relaciones no consentidas.

En el marco de la investigación, se identificó un grupo de WhatsApp denominado “Los Cigarros”, donde Kiczka compartía contenido con amigos, dirigentes políticos y empleados de una fábrica vinculada a Pedro Puerta. Las conversaciones en este grupo habrían proporcionado más detalles sobre sus actividades y preferencias.

Sebastián Kiczka, hermano del exdiputado y también detenido por delitos similares, fue evaluado psicológicamente, y las pericias arrojaron un perfil con rasgos neuróticos, depresivos, paranoides y esquizotípicos, además de indicadores que podrían estar relacionados con trastornos en sus preferencias sexuales.

21 noviembre 2024
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Argentina / Economía | Desregulación libertaria para ventas de medicamentos no se aplicaría en Misiones

por A. Miravet 21 noviembre 2024

La medida se dio a conocer a través del Decreto 1024/2024 que modifica la reglamentación de la Ley N° 17.565 para regular la venta de medicamentos en farmacias habilitadas y otros establecimientos, incorporando nuevas condiciones de seguridad y acceso.

La norma establece que los medicamentos de venta libre -sin receta- podrán exhibirse en góndolas dentro de farmacias, siempre que se respeten condiciones estrictas:

En tanto que en los comercios no habilitados como farmacias, como supermercados o kioscos,  la venta estará restringida a antiácidos y analgésicos, aunque la autoridad de aplicación podría ampliar este listado en el futuro.

Por otra parte, la norma establece que los medicamentos bajo receta solo podrán venderse en farmacias habilitadas y bajo supervisión de un farmacéutico responsable. También se permitirá la venta mediante canales electrónicos seguros.

Respecto a Misiones se trata de la Ley XVII–Nº 93 que regula la actividad farmacéutica en la provincia y dispone que el expendio de los fármacos, aunque sean sin receta, se pueden adquirir únicamente en las farmacias. “Está en plena vigencia y estamos haciendo todo lo posible para siga tal cual está”, aseguró Vania Ilchuk, presidenta del colegio misionero

¿Pero qué pasa en Misiones y cómo afecta esta medida en la tierra colorada? La provincia tiene su propia ley, la XVII–Nº 93 de “Regulación del Ejercicio de la Actividad Farmacéutica”, que en sus primeros artículos estipula que el expendio de fármacos, incluidos los que no necesitan receta, le corresponde a las farmacias.

Ilchuk, presidenta del Colegio de Farmacéuticos de la provincia detalló que lo dispuesto por Nación no debiera impactar dado su ley provincial “que está en plena vigencia y estamos haciendo todo lo posible para siga tal cual está”.

La ley provincial, en el artículo 3 de su primer capítulo, establece: “El medicamento es un bien social y debe ser dispensado al público exclusivamente en los establecimientos farmacéuticos habilitados por la autoridad de aplicación para tal fin, aun cuando se trate de aquellos de expendio sin receta. Su dispensación fuera de esos lugares es considerada ilegal y sancionada conforme a las previsiones de la presente, ello sin perjuicio de las penalizaciones contempladas en el ordenamiento legal”.

“Todo lo que se promociona y sale con bombos y platillos en Capital, y a través de las noticias, hace que muchos comerciantes empiezan a vender medicamentos, lo cual no está permitido nuestra provincia”, subrayó Ilchuk. Es que desde principios de año se enfrentan a esta realidad en los municipios de la provincia que evidencian el comercio de medicación sin recetas en los kioscos barriales.

“Es una pelea que la estamos teniendo entre el colegio, ministerio (de salud) y los distintos municipios porque obviamente que nosotros al no habilitar los comercios no tenemos injerencia, debemos hablar con la parte municipal que son los que habilitan para que procedan ante el incumplimiento de lo que proclama nuestra ley”, sostuvo la presidenta del colegio.

Sobre la comercialización de estos medicamentos en las góndolas de las farmacias, hizo la diferenciación en que no todas tienen la infraestructura para hacerlas, dado que en la provincia la mayoría son medianas y pequeñas, aunque señaló al menos lo positivo de ello es al menos que “los medicamentos están en la farmacia bajo supervisión de un profesional farmacéutico y que la adquisición de estos productos va a ser por los canales que deben ser”.

Esta noticia anunciada a través de un comunicado por el Ministerio de Salud nacional y que después fue ahondada en la red social X por Federico Sturzenegguer, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, probablemente hará que aumenten los almacenes y kioscos que ofrecen medicamentos, lo que para Ilchuk es un riesgo para la salud no sólo por la automedicación constante sin supervisión sino también por el desconocimiento de su origen.

“Vemos como una preocupación porque pueden ser personas que estén polimedicadas, personas alérgicas a algún componente, no quiere decir que eso no pueda ocurrir, pero en la farmacia hay alguien que se hace responsable o te puede dar un consejo de seguridad ‘veo que está consumiendo mucho sertal, por qué no te vas a hacer un chequeo a ver si nos estás con un problema de vesícula’”, sostuvo y agregó: “El comprar y consumir medicamentos para mejorar una patología quizás enmascara a otras que son peores”.

La profesional consideró que muchas disposiciones se hacen pensando en las grandes urbes y no tienen en cuenta la realidad de las provincias. “Siempre hablamos de que jamás queremos que el farmacéutico, por más conocimiento que tenga, automedique a un niño, a un anciano, a una embarazada, siempre siempre estamos pendientes de cuidar esas cosas, por más que sea darle un paracetamol. El niño tiene que ir a la guardia así como el anciano polimedicado, salvo patologías que son tan claras que vos lo puedas resolver, pero si no automedicar es un grave error, es donde más cuidados tenemos”, reforzó Ilchuk.

En ese marco, recalcó que para el ejercicio de su profesión y del expendio de medicamentos, el farmacéutico tiene un compromiso ético, una responsabilidad, que se paga un seguro por mala praxis y que además deben contar con todos los requisitos y papeles por si hay alguna eventualidad.

“El kiosquero no tiene eso, no se hace responsable si a vos te pasa algo. A veces tenemos esta discusión de que el kiosquero te dice que la farmacia también vende caramelos, sí, pero no es lo mismo un caramelo que un medicamento”, cerró haciendo hincapié en que la denominación de venta libre no significa que puede ser vendido en cualquier sitio, sino que no necesita receta para ser comprado. (con información diario El Territorio)

21 noviembre 2024
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Argentina / Economía | Gobierno de Misiones logra nuevo aumento con docentes de la Mesa de Diálogo Salarial

por A. Miravet 21 noviembre 2024

Participaron representantes de los gremios UDPM, UDA, SEMAB, SIDEP y SADOP junto con autoridades provinciales, entre ellos, el ministro de Educación, Ciencia y Tecnología, Ramiro Aranda; el ministro de Hacienda, Adolfo Safrán; la presidenta del Consejo General de Educación, y el equipo técnico del Ministerio.

En el marco del acuerdo, se fijó un salario inicial para docentes con 0 años de antigüedad en $513.504, que incluye el FOPIP y el pasaje, mientras que el básico quedó establecido en $137.610,77 para el cargo testigo.

Mirta Chemes, secretaria general de la filial Misiones de UDA, explicó que “esto significa un impacto de entre $13.504 y $13.600 por cargo, dependiendo de la antigüedad. En porcentaje, implica un 2,7% para los que recién inician y un 4,96% para los de mayor antigüedad.”

La bonificación del FOPIP fue otro de los avances destacados. Un tramo del 33% que ya es remunerativo se convertirá en bonificable, y el impacto se reflejará en una complementaria a pagarse el 20 de diciembre.

A diferencia de la Mesa de Diálogo Salarial, los gremios FTEL, MPL y Autoconvocados, rechazaron la propuesta salarial del gobierno provincia. Señalan que la oferta es insuficiente para enfrentar la crisis económica y mantienen el paro activo con nuevas jornadas de protesta.

Mónica Gurina, secretaria general de CTA, explicó que la oferta no responde a las necesidades urgentes de los docentes.

“Primero nos dijeron que sería un aumento de 2.000 pesos, luego 3.000, y al final llegó a los 5.610 pesos. Esto no cubre ni cerca lo que necesitamos. Un docente que recién comienza recibirá solo 13.500 pesos más en su bolsillo, mientras que aquellos con más antigüedad recibirán 33.494 pesos, lo que es absolutamente insuficiente para enfrentar la inflación y las necesidades básicas”, denunció.

“Esta es la cuarta semana de paro, y seguimos sin recibir una respuesta adecuada del Gobierno. Nos están pidiendo que pasemos la Navidad y el Año Nuevo con 5.610 pesos más, una cifra que no alcanza para cubrir las necesidades básicas”, indicó Gurina.

Gurina adelantó que este jueves se realizarán asambleas en distintas ciudades de la provincia para definir nuevas medidas de lucha.

Acuerdos alcanzados según el Acta

Recomposición salarial: El salario básico para noviembre del cargo testigo, o su equivalente en horas, se eleva a $137.610,77.

Básico Cargo Testigo $132.000, 77

Básico MEP $ 145.283,31

Hs Cat. Media $ 9.157,55

Hs Cat. Superior $ 14.726,33

Movilidad – valor Litro Nafta $1.188

  1. b) Establecer la Garantía Provincial Docente para el mes de NOVIEMBRE de 2024, incluyendo FOPID y

Pasaje, dejando por fuera Zona:

Docente con 0 años de antigüedad: $513.504

Docente con 1 año de antigüedad: $517.146

Docente con 2 a 4 años de antigüedad: $518.967

Docente con 5 a 6 años de antigüedad: $524.429

Docente con 7 a 9 años de antigüedad: $528.070

Docente con 10 años o más de antigüedad: $546.53

Bonificar zona y antigüedad del Adicional Remunerativo del FOPID desde el mes de Noviembre/24 que se percibirá en con pago del Adic. FOPID en el mes de Diciembre/24, cuya bonificación no formará parte del calculo del Adic. Regular Salario Minino provincial.

Pasar a carácter remunerativo el 50% del actual Adic. no remunerativo FOPID desde el mes de Enero 2025

Próxima reunión: Se pactó un nuevo encuentro para el 3 de enero de 2025 con el objetivo de evaluar los índices inflacionarios y discutir posibles ajustes salariales.

Además, las partes destacaron que desde enero a noviembre, el salario básico acumuló una recomposición total del 123,75%.

21 noviembre 2024
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