La Unidad de Información Financiera (UIF) exigirá la documentación que respalde el origen de los fondos que permitan operaciones iguales o superiores a los 40.000 pesos. Se controlarán las operaciones de capitalización y ahorro para perseguir el lavado de dinero.
La resolución 34 publicada este martes en el Boletín Oficial enumera la variedad de políticas de control que deberán implementar las sociedades de capitalización, de ahorro, de ahorro y préstamo, de economía, de constitución de capitales u otra determinación similar o equivalente.
Las sociedades deberán exigir a sus clientes la documentación que respalde el origen de los fondos cuando se realicen cesiones de un contrato de ahorro o título de «capitalización vigente» o «renunciado rescindido» y cancelaciones anticipadas de un contrato de ahorro, que involucren 40.000 pesos o más.
También cuando se realice un «cambio de modelo del bien suscripto por un modelo cuyo valor sea mayor a un 50% del valor del bien suscripto al momento del cambio», y una licitación con dinero en efectivo de un contrato de ahorro, que involucren cifras de 40.000 pesos o superiores.