El juez federal de Posadas, José Luis Casals, ordenó a una empresa de medicina prepaga retrotraer sus precios a diciembre del año pasado, vigentes hasta la desregulación del mercado, habilitada por el DNU 70/2023 del gobierno del anarcocapitalista Javier Milei. También la jueza federal de Concepción del Uruguay, María Isabel Caccioppoli, dictó una medida cautelar a favor de un afiliado a OSDE y dejó sin efecto los aumentos realizados. Pero además habilita a una presentación colectivas a partir de su fallo. Ambos fallos señalan que las prepagas no han justificado los aumentos.
El magistrado de Posadas, que ya tiene otros fallos en contra de las prepagas, cita la Constitución Nacional, fallos de la Corte Suprema y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (CIPDHPM). El recurso fue presentado a inicios de febrero y plantea la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 y consecuentemente la readecuación de las cuotas.
La jubilada tiene 65 años, cuenta únicamente con haberes previsionales como todo ingreso, es paciente oncológica y actualmente se encuentra cursando un tratamiento de control con un costo altísimo. Hasta diciembre de 2023 la cuota era de $116.414,66, en enero ascendió a $216.985,59, importe que significó un aumento mayor al 90 % y finalmente en febrero la cuota volvió a incrementarse a $280.779,36; una cifra que se volvió impagable para la jubilada. En su resolución el juez Casals ponderó el diagnóstico de la jubilada, como también la afectación de sus ingresos, más del 82 por ciento, que representa la cuota impuesta por la prepaga.