Se faculta a los Directores de los niveles secundario y Superior a convocar al personal Docente para actividades presenciales de cierre de los siguientes cursos: 5to. Año del Nivel Secundario, 6to.Año Nivel Secundario Técnico e Institutos de Enseñanza Agropecuaria, 3er. Año Escuela para Jóvenes Adultos (EPJA), 3er. Año de las Tecnicaturas Superiores, 3er. Año de las Tecnicaturas Superiores, 4to año de los Institutos de Formación Docente, Aulas Talleres Móviles y Prácticas Profesionalizantes de Educación Técnico Profesional.
Se encuentra exceptuado personal directivo, docente o administrativo y de servicios que se encuentren comprendidos en alguno de los grupos de riesgo establecidos en los decretos de emergencia epidemiológica Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) – Distanciamiento Social Preventivo Obligatorio (DiSPO) que dictó el Poder Ejecutivo de la Provincia de Misiones.
Los Establecimientos Educativos que por algún motivo no puedan garantizar las medidas y condiciones necesarias para las clases presenciales deben informar con carácter urgente por vía jerárquica las causas y continuar actividades de manera virtual /cuadernillos como lo venían realizando.
La asistencia de los alumnos de los cursos mencionados es optativa, no tiene carácter obligatorio, y no deben asistir los incluidos en grupos de riesgo. Las instituciones deben organizarse teniendo en cuenta lo trabajado en la Semana Federal de Capacitación.
Disposiciones legales