Jueces se jubilarán con el 85 % de sus ingresos mensuales habituales

Magistrados y funcionarios del Poder Judicial podrán jubilarse con 30 años de aporte y el 85 por ciento móvil de todos sus haberes. Mediante una ley se volverá al viejo régimen derogado en los 90′ y ahora podrán jubilarse con 30 años de servicio y 62 años de edad.

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El proyecto fue presentado por Carlos Rovira y analizado en la Legislatura. El cambio fundamental es que hasta ahora a los jueces pese a que aportaban con el 21 por ciento, 2 por ciento más que el régimen general, se jubilaban por sus haberes en blanco y ahora se incluirá también a los adicionales no remunerativos.

Según Eduardo D’ Orsaneo, de la Asociación de Funcionarios y Magistrados de la provincia, la caja del Instituto de Previsión Social, no se resentirá ya que seguirá pagando lo mismo y la diferencia se salvará con una caja de aportes propios, 20 por ciento del Fondo de Justicia y otro de Rentas Generales.

El ex magistrado aseguró que habría 43 jueces en condiciones de jubilarse a la brevedad y que muchos no quieren hacerlo porque «cobran una jubilación del 50 por ciento de sus salarios».

La iniciativa fue presentada por e presidente de la Cámara de Diputados, Carlos Rovira y analizada hoy en la comisión de presupuesto y seguridad social.

La vuelta al régimen anterior abarcará a magistrados y funcionarios, entre ministros y secretarios del Superior Tribunal, el Procurador, jueces, fiscales, defensores oficiales de las cámaras de apelaciones y tribunales orales, jueces, fiscales, defensores de todas las instancias y fueros. Para jubilarse bajo este nuevo régimen, los magistrados y funcionarios deberán acreditar como mínimo diez años de trabajo efectivo y 15 de aportes al Instituto de Previsión Social, más otros quince a cualquier sistema de reciprocidad jubilatoria.

El haber de la jubilación ordinaria será el equivalente al 85 por ciento de la remuneración total, incluyendo adicionales por antigüedad, no remunerativos, no bonificables y todos aquellos que se asignen al cargo en el futuro, cualquiera sea su denominación y aunque la antigüedad acreditada excediere del mínimo requerida para obtener este beneficio.

Uno de los artículos aclara que las remuneraciones totales que perciban los magistrados y funcionarios, cualquiera sea su denominación, estarán sujetas al pago de aportes, excepto viáticos y gastos de representación.

A través de la nueva norma, se volverá al régimen que fue derogado por la ley 3380, durante el mandato del ex gobernador Ramón Puerta, quien unificó al sistema jubilatorio judicial con el régimen general: 60 años para mujeres y 65 años para hombres y 70 % del haber jubilatorio, pese a que siguieron aportando dos por ciento más que el resto de los empleados públicos que aportan 19 por ciento.