Argentina / Turismo | Tasa para extranjeros que pernocten en Misiones: entre 3 y 1 dólar diarios

La medida obliga a tributar a personas mayores de 18 años. Será agente de retención el prestador del servicio de alojamiento, cualquiera sea la modalidad. Se incluye a lodges y glampings. Quedan exceptuados diplomáticos, funcionarios en misión oficial y refugiados.

Mediante Decreto N° 138/2025 el Gobierno de Misiones reglamentó un aspecto del artículo 16 de la Ley VII N° 103 ( PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL EJERCICIO FINANCIERO 2025 CAPÍTULO I EJERCICIO FINANCIERO AÑO 2025), creando la «Tasa Turística», que deberán abonar los extranjeros que se alojen en la provincia, con algunas excepciones.

Quedan eximidos de afrontar la tasa los menores de 18 años, personas en misión oficial o diplomática y los refugiados amparados por la Ley Nacional 26.165.

La normativa se ajusta a los contenidos al artículo 16 de la Ley VII N° 103, que expresa: «Créase la “Tasa Turística” destinada a retribuir la prestación de los servicios que preste la Provincia de Misiones, que demanda el mantenimiento, conservación, modificación y/o mejoramiento del turismo, incluido el desarrollo de la infraestructura, capacitación de recursos humanos, promoción y marketing del turismo, como así también todo otro servicio destinado a la conservación y protección del medio ambiente condicionado por la actividad turística. La base imponible estará constituida por un monto fijo por estadía, el cual abonará cada turista extranjero que se hospede en la Provincia de Misiones. Asimismo, se faculta al Poder Ejecutivo a crear un fondo provincial integrado con los recursos de la “tasa turística”, y los que disponga que tendrá por objeto la promoción turística internacional de la Provincia de Misiones, a fin de maximizar las oportunidades del turismo internacional, potenciando el desarrollo económico y social en todo el territorio de la Provincia. El Poder Ejecutivo provincial dicta la reglamentación que resulte necesaria a los fines de su aplicación.»

Montos de las tasas por noche y tipo de alojamiento
Cada unidad equivale a 1 dólar estadounidense, convertido al tipo de cambio oficial del Banco Nación al cierre del día hábil anterior a la fecha de finalización de la estadía.
✔Hoteles de 5 estrellas: 3 unidades
✔Hoteles de 4 estrellas, lodges y glampings: 2 unidades
✔Hoteles boutique y apart-hoteles: 2 unidades
✔Hoteles de 2 y 3 estrellas: 1 unidad
✔Alquileres temporarios en plataformas digitales: 1 unidad

La gestión del cobro de la tasa será está a cargo de la Agencia Tributaria de Misiones (ATM/Dirección General de Rentas), constituyéndose el Fondo Provincial del Turismo, administrado por el Ministerio de Turismo, con el propósito, entre otras cosas, de fortalecer la promoción internacional de Misiones como destino turístico. Este fondo financiará campañas de publicidad en mercados internacionales, participación en ferias, estudios de mercado y estrategias de posicionamiento global.

El decreto reglamentario establece taxativamente que los fondos recaudados se destinarán a la infraestructura turística, capacitación de recursos humanos, promoción y marketing del turismo, y la conservación del medio ambiente afectado por la actividad turística.