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Nacionales / Misiones / Judiciales | Investigación sobre los Kiczka avanza y chats de Telegram y WhatsApp involucran a muchas personas

por A. Miravet 5 septiembre 2024

El miércoles martes corrieron vista a la fiscal Silvia Barronis del recurso presentado por el defensor de los detenidos, Gonzalo de Paula, aunque la funcionaria judicial lo rechazó.

Respecto a nuevas pruebas, el usuario Alejandro señala: “Tengo ganas de agarrar menores”. No es lo único que se encuentra en la minuciosa investigación que está llevando adelante el juez Miguel Ángel Faría: los expertos informáticos hallaron una conversación de whatsapp en la que una mujer -su nombre se preserva- es clara: “Lo que pasó en la pileta (…) no fue consentido, así que no te vuelvas a acercar a mí”.

“Si me volvés a hablar o acercar, te denuncio”, advierte la mujer. Nunca hubo denuncia. La joven se suicidó dos años después, con un cuadro de depresión, según contaron allegados de la familia. El dato fue puesto a disposición del juez de la causa.

No es el único dato revelador. Otro grupo de Telegram al que pertenecía Kiczka ofrece intercambiar y vender material de abuso sexual infantil. En el historial de las computadoras aparecen términos como “incesto con papá” y referencias a relaciones sexuales con hermanas. Entre los archivos hay varios que evidencian abuso sexual de menores de 13 años.

Las búsquedas coinciden entre las computadoras secuestradas en febrero en la casa del padre de los Kiczka y las secuestradas en agosto al diputado. Hay carpetas coincidentes y nombres de usuario del diputado que será expulsado de la Legislatura. Al menos hasta el 4 de agosto hay visualizaciones registradas en la computadora de Germán Kiczka, varios meses después del primer allanamiento en casa de su padre.

En la línea de investigación se repiten los videos de incesto. Todas las pericias se hicieron con la presencia del abogado defensor Gonzalo De Paula y el perito propuesto por esa parte, Sergio Alberto Faifer, además del consultor técnico Sebastián David López.

En paralelo, se halló una imagen del año pasado de Germán Kiczka con una notebook marca Acer, que fue secuestrada en casa de su padre en febrero de este año con contenido de abuso sexual infantil.

Una de las búsquedas refería a las lesiones genitales que sufre una niña de 12 años en la primera etapa del desarrollo puberal. En el mismo resultado de búsqueda, se visualiza un archivo de video de una menor de 13 años que fue compartido por Kiczka a través de Whatsapp.

Todo indica que Germán Kiczka tenía y compartía material de abuso sexual infantil y que la red de conocedores de sus perversiones sexuales, era amplia. Los nombres, datos y contactos están siendo analizados para incorporarse a la causa y disparar, al mismo tiempo, investigaciones paralelas. La expulsión de Kiczka será apenas un capítulo del escándalo que está lejos de cerrarse.

5 septiembre 2024
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Nacionales / Economía | Desastre libertario: Pobreza en Argentina aumentó al 55,5% y la indigencia al 17,5%, según la UCA

por A. Miravet 5 septiembre 2024

Estos incrementos en los niveles de pobreza e indigencia se atribuyen en gran parte al impacto de la inflación de los últimos meses y a la suba principalmente en el rubro alimentos que afectó a los estratos más bajos de la sociedad.

Según el sondeo de la UCA, 24,9 millones, residentes en áreas urbanas del país habrían estado en situación de pobreza por debajo de la Canasta Básica Total (CBT) que en junio alcanzaba a $ 873.168, para una pareja con dos niños de seis y ocho años,  con un incremento del  76,1% en el primer semestre, según el Indec.

El mismo estudio de la UCA asegura que unos 7,8 millones de personas están en un estado de pobreza extrema o indigencia, por debajo de la canasta básica alimentaria (CBA) que en el sexto mes de este año ascendía a $ 393.319 para el mismo grupo social, con un incremento del  63,4% en el primer semestre.

“La inseguridad alimentaria total para áreas urbanas relevadas por la encuesta del ODSA-UCA, alcanza al 24,7% de las personas, al 20,8% de los hogares y al 32,2% de los niños, niñas y adolescentes”, destacó el informe.

Por otra parte, “se encuentran en una situación aún más grave, con inseguridad alimentaria severa el 10,9% de las personas, el 8,8% de los hogares y el 13,9% de los niños, niñas y adolescentes (NNyA)”.

El Observatorio indica que “los elevados valores de privaciones alimentarias que sufre la población tratan de ser compensados con acciones realizadas desde los diferentes niveles del Estado”.

“Considerando a los niños, niñas y adolescentes, el 42,6% de ellos reside en hogares que reciben la AUH+Tarjeta Alimentaria, el 50% asiste a comedores escolares, el 36,7% recibe caja o bolsones de alimentos de comedores y el 11,1% recibe caja o bolsones de alimentos de comedor no escolar; sumando muchos hogares más de un beneficio” señaló la UCA.

El Indec dará a conocer el jueves 26 de septiembre el Índice de Pobreza oficial calculada al primer semestre del año. (Noticias Argentinas)

5 septiembre 2024
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Nacionales / Misiones | EMSA confirmó que Nación oficializó nuevo incremento de la luz

por A. Miravet 5 septiembre 2024

“Nación oficializó el aumento del 5% del costo de energía y ahora se está haciendo los análisis de cuánto sería el impacto en la factura de los usuarios (…) salió la resolución de la Secretaría de Energía libertaria donde se establece  una actualización del precio de los tres componentes”, expresó Rivero, aclaró que dicho incremento será para todos, sin importar si el usuario se inscribió o no al RASE.

Justamente sobre este Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) Rivero destacó que EMSA reforzó los operativos de inscripción a este registro de manera de alentar y lograr que los misioneros se inscriban para poder tener el subsidio a la energía.

De hecho, contó que fueron cerca de 300 los operativos realizados en toda la provincia, destacando el trabajo en conjunto con los municipios que cedieron sus espacios de Usos Múltiples  para poder atender a los usuarios. “Alrededor de 40 mil usuarios fueron atendidos en esos operativos”, destacó.

De esta forma, serían en torno a 30 mil los hogares misioneros que quedarán fuera del sistema de subsidios por no haberse inscrito en el RASE y que, en consecuencia, verían triplicados los montos de sus facturas a partir del mes próximo.

“Aún estamos haciendo los cálculos, pero en principio pagarían tres veces más que lo que venía hasta ahora” en las boletas, adelantó Rivero. (Con información de Diario Primera Edición)

5 septiembre 2024
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Nacionales / Misiones / Judiciales | Aparecieron nuevos chats del diputado Kiczka, que el jueves será eyectado de la Legislatura

por A. Miravet 4 septiembre 2024

En la jornada del martes se realizó un allanamiento al Club Social (bar /restaurante/ y sede la fábrica de cigarros de la familia Puerta). Allí también está la radio streaming del escandaloso video de Kiczka y Pedro Puerta hablando de usar un «yuyito» en el mate para conquistar mujeres («guainas») y hombres («gurises»). También se supo de chats de Telegram que muestran responsabilidad de Kiczka en la causa sobre pedofilia. Con ese trasfondo Ramón Puerta (ex gobernador y ex fugaz presidente) salió a defender a su hijo y desligar de la cuestión a Kiczka apuntando al hermano de este último, Sebastián. Los hermanos Kiczka están presos.

El bloque de diputados del Frente Renovador ingresó este martes un proyecto de resolución con la finalidad de expulsar de la Cámara de Diputados al diputado de Activar, Germán Kiczka, quien está acusado de tendencia y distribución de material de abuso sexual infantil.

En el documento los legisladores señalaron que el pedido “se fundamenta en una serie de hechos y comportamientos que evidencian la grave falta de decoro del diputado Germán Kiczka, cuya permanencia en esta Cámara resulta insostenible debido a la magnitud y gravedad de sus acciones”.

Luego, marcan que “la seriedad de las acusaciones”, contra el legislador , “se ve respaldada por evidencia contundente obtenida durante un allanamiento realizado en la residencia de su padre. En dicha operación, se descubrió una cantidad alarmante de material ilegal: más de 600 archivos almacenados en diversos dispositivos electrónicos, conteniendo imágenes y videos de abuso infantil, incluyendo material de pedofilia, zoofilia con menores e incesto“.

“Estos archivos no solo muestran el sufrimiento de las víctimas, sino que también evidencian el daño psicológico y emocional devastador que este tipo de material causa a los menores involucrados”, agregaron.

En el mismo texto, se puntualiza en que en los operativos judiciales “se encontraron revistas y juguetes sexuales” que estarían relacionados con Sebastián Kiczka, hermano de Germán y quien también está detenido.

Además, se apunta contra “el comportamiento risueño y burlón del diputado”, a quien se lo vio sonriente y distendido en una visita familiar que recibió el pasado domingo.

“No solo demuestra una falta absoluta de arrepentimiento, sino que también refleja un desprecio hacia la gravedad de los cargos que enfrenta. Este comportamiento es completamente incompatible con

Cabe recordar que en la sesión del jueves 22 de agosto, el Frente Renovador impulsó el desafuero de Kiczka, pero rechazó su renuncia, a la espera de que un comité investigador interno, formado por cinco diputados, y que comenzó a funcionar el viernes pasado, analizara la causa judicial y brindara un informe al resto de los legisladores.

Nuevo allanamiento

A primeras horas del martes, la Policía de Misiones, Cibercrimen y la Secretaría de Apoyo para Investigaciones Complejas (SAIC), realizó un allanamiento en la propiedad del diputado Pedro Puerta (hijo de Ramón).

Se trata de un bar y medio de comunicación llamado Social Club. Germán Kiczka, imputado en la causa por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil comentó tener “una oficina en el predio”. El juez de instrucción N°4, Miguel Ángel Faria comentó que “no está claro que trabajos hacía el imputado en esa oficina, él manifestó que era ejecutivo de esta empresa”.

Luego del allanamiento, Faria mencionó que “acá había una oficina que tenía Germán Kiczka, entonces secuestramos algunos elementos para ser resguardados y después analizados en la Secretaría de Apoyo de Investigaciones Complejas (SAIC)”.

El letrado añadió a la prensa que “no está claro que trabajos hacía Kiczka en esa oficina, él manifestó que era ejecutivo de esta empresa”. Mencionó que no descarta la posibilidad de realizar más allanamientos. “Este allanamiento está relacionado sólo con Germán Kiczka”.

El bar conocido como “Social Club” no solo funciona como un local bailable y un restaurante, sino que adentro también hay un estudio de radio streaming. El hijo del exgobernador tenía un programa que salía transmitido por distintas plataformas y que contaba con la constante participación del legislador denunciado.

En el local ubicado sobre la calle Alvear al 365, pleno centro de Apóstoles, también funcionan una serie de oficinas. Una de ellas estaba a nombre de Germán Kiczka y de allí se secuestraron elementos importantes.

La razón social del inmueble que está a nombre del hijo del también expresidente en el convulsionado diciembre de 2001 es “CIGARRILLOS MISIONES S.A.”, ya que funciona una fábrica de cigarrillos y habanos. En el allanamiento se descubrió que detrás de las oficinas hay un secadero de yerba.

El procedimiento que llevó adelante el juez junto a personal policial de Misiones secuestró seis soportes ópticos, un teléfono celular dañado y una computadora, todos elementos claves que puedan dar información importante en la causa.

Ramón, el defensor
El exgobernador buscó desligar a Pedro Puerta de la causa. Apuntó directamente contra Sebastián Kiczka, a quien calificó como «un enfermo» y planteó que el diputado de Activar detenido le había regalado a su hermano una de las notebooks a su nombre donde aparecieron los archivos de abuso sexual infantil.

Quien se refirió al operativo fue el exgobernador Ramón Puerta, que salió nuevamente a desligar a su hijo Pedro de la causa contra su socio político, pero, en eso, también hizo una defensa de Germán Kiczka buscando cargar todas las culpas en Sebastián.

El exmandatario denunció una “persecución política” por parte del “kirchnerismo misionero”, aunque confirmó vínculos de sus empresas con Germán, acusado de tenencia y distribución de abuso sexual infantil.

“Desde 2013 hasta la fecha soy perseguido por el kirchnerismo de la provincia; los conozco, varios fueron funcionarios míos. Soy fuertemente perseguido. Y mi hijo la liga porque tiene mi mismo apellido”, denunció en una entrevista con LN+.

Según Puerta, fue su hijo quien solicitó los allanamientos en su bar y en su fábrica de cigarrillos para aclarar cualquier sospecha en su contra. También negó que Germán y Pedro fueran socios del bar que le pertenecía a este último.

“Germán Kiczka era comisionista en la fábrica de habanos que tengo en Misiones, no fue socio de Bar Social”, reveló.

Puerta apuntó directamente contra Sebastián Kiczka, a quien describió como “alguien con serios problemas de conducta”, marcando que había sido tratado por sus adicciones.

“Hay uno (Sebastián) que no hay dudas de que es implicado en esto. Ya es un enfermo, fue atendido hace 10 o 15 años. En pueblo chico siempre se comentaba. No así de Germán”, remarcó haciendo una primera defensa del diputado.

Puerta dijo que conoce a la familia Kiczka “de lejos” y “de cerca”. “Como son radicales y yo peronista, muchas veces nos enfrentamos. Después se formó Juntos por el Cambio y mi hijo se quedó al frente con un partido peronista no kirchnerista”, puntualizó.

Volviendo a Sebastián, Puerta planteó otra defensa a Germán al señalar que una de las notebooks a su nombre donde se encontraron archivos de pedofilia estaba en posesión de Sebastián.

“La computadora que él tenía (Sebastián), era del diputado Kiczka. Cuando Germán llega a diputado, se la regala. Cuando la regalás hay que transferirla y éste no la transfirió. Ahí entró la sospecha. La Justicia lo va a aclarar”, confió.

No obstante, fue la propia directora de Cibercrimen, Marilyn Ozuna, quien participó del allanamiento en la casa de Germán Kiczka a principios de agosto, cuando la causa ya estaba en manos del juez de instrucción Faria de Apóstoles, quien contó que encontraron en ese momento, y con el legislador presente, material de abuso sexual infantil.

“Estaba parado al lado nuestro, y su reacción fue inerte, totalmente, ningún comentario, como si fuera algo casual. No hubo ningún tipo de negativa, no hubo ningún tipo de rechazo, nada en absoluto”, reconstruyó Ozuna.

Volviendo a la entrevista con Ramón Puerta, no dejó de cargar contra Sebastián Kiczka. “Es enfermo de su conducta. Algunos hablaban de adicciones, otros de una enfermedad. Fue tratado. Tal es así que los padres lo llevaron a vivir con ellos”, sentenció.

Puerta insistió en todo momento en que la relación entre Pedro y Germán se limitaba a aspectos políticos y comerciales. Además, reiteró que su hijo fue el primero en solicitar que se tomaran medidas para desvincular al diputado de la Legislatura y del emprendimiento familiar.

Ante la repregunta de si considera que se trata de una causa utilizada para perseguir a la familia Puerta, sentenció: “No lo dude y no digo que lo haga la Justicia. Lo hace el poder provincial, que tiene un fuerte olor a kirchnerismo, me persigue”.

“Yo no le echo la culpa a ninguno de ellos, porque son títeres de un poder que se montó no solo con ex peronista sino también con ex radicales. No lo acuso al gobernador (Hugo) Passalacqua, no lo veo haciendo esas cosas”, sentenció.

“Yuyitos de La Placita”
La semana pasada se conoció un video en el que Pedro Puerta comparte una transmisión de streaming con Kiczka que muestra una relación más que comercial y política entre ambos.

En las imágenes, Puerta, entre risas, hace comentarios de contenido sexual. “Traje un estimulante erótico y ese vos le convidás a la guaina o tu elección sexual del momento. Entonces, si vos querés guaina, guaina; querés un gurí, gurí, ese no hay problema”, dice en la conversación.

Consultado por este video, Ramón Puerta atribuyó los dichos de su hijo a los “yuyitos de La Placita”, el popular mercado posadeño, y afirmó que las imágenes están sacadas de contexto.

“En La Placita, un mercado de Posadas, te venden yerba y te venden yuyo para mezclar con la yerba. Te dicen, ‘mirá, tenés sueño, este te despierta; querés dormir, este te duerme; querés hacer el amor con tu señora, poné este; ellos te hacen mil propagandas”, explicó.

Luego, dijo que las imágenes “son de hace tres años. Sucede que, en este contexto, pega muy bien”, deslizó.

4 septiembre 2024
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Videos secretos: La diputada Lilia Lemoine preocupa al eje libertario de Casa Rosada

por A. Miravet 4 septiembre 2024

La legisladora y cosplayer incluso se anima a relativizar la influencia de Santiago Caputo, atacar a legisladores del bloque propio y hasta pelearse en público con ex aliados. Según pudo saber PERFIL, ese poder radica en la información sensible que maneja Lilia Lemoine sobre el espacio libertario desde sus orígenes, y que pretende utilizar si alguien propone expulsarla del universo que rodea al presidente Javier Milei.

Desde que la interna oficialista estalló, Lilia Lemoine no ahorró críticas contra dirigentes ante los que nadie antes se había animado. Sobre todo contra Santiago Caputo, a quien Milei define como parte fundamental del «triángulo de hierro» junto a su hermana Karina Milei.

«No toma decisiones de Gobierno. Quizás pueda recomendar gente, pero a esas decisiones no las toma Santiago Caputo. Creo que está mangificado el tema de todo ese poder que supuestamente tiene, porque no es así (…) No es que está atornillado, y si se manda una recontra cagada no lo van a rajar. No es así. Lo van a rajar a cualquiera que no tenga un cargo electivo», disparó la diputada en diálogo CNN Radio.

Lo curioso es que el mensaje de Lemoine no desató una ola de repudio oficialista en redes sociales como suele ocurrir cuando cualquiera (oficialista u opositor) critica a la cúpila libertaria. Ante tamaña afirmación, esta vez el equipo digital que maneja Caputo se mantuvo en silencio.

Días atrás, Lilia Lemoine fue durísima contra Victoria Villarruel, incluso mientras el presidente intenta bajarle el tono a esa disputa. La diputada nacional publicó un video cuestionando a la vice y escribió en su cuenta de X: «Ella va a la Fiesta Nacional del Poncho, pero falta al Pacto de Mayo; se pelea con Francia, mientras el Presidente tiene sentencia de muerte por parte de Irán; reclama cuotas de género mientras se ríe con (José) Mayans».

Se refería, por supuesto al intercambio que Mayans y Villarruel mantuvieron en el Senado, cuando el formoseño le propuso «profundizar la amistad» a la vice y recordó el apodo de «jamoncito» que le puso a Milei. Esa escena recalentó otra interna, esta vez en el peronismo, que motivó a Cristina Kirchner a cuestionar a Mayans en público por el acercamiento a la presidenta del Senado.

«Villarruel rompé la maldición del vice, matá el ego y ubicate», advirtió Lemoine en los últimos días. Luego, cuando se debatía qué hacer con la diputada Lourdes Arrieta, cuestionada por publicar chats internos tras la visita de legisladores a represores detenidos, Lilia fue quien arremetió para tildarla de ser una «desequilibrada mental».

Sin embargo, en medio de los mensajes internos que disparó ante los micrófonos, Lemoine mencionó a «El Presto», un influencer del espacio, que no dudó en responder y acusarla de extorsionar a dirigentes con poder dentro de La Libertad Avanza a cambio de «impunidad». Ni bien dijo esto, se filtró en redes un audio de años atrás, en el que Lemoine habla de la sexualidad de José Luis Espert y Luis Rosales, por entonces, fórmula electoral libertaria.

Ante la acusación del influencer por supuestas extorsiones, PERFIL comenzó a indagar en referentes libertarios de la primera época. Y entre ellos aparece un temor, dicen, fundado. ¿Cuál es? Lemoine habría mostrado a varios de ellos mensajes que pueden comprometer a funcionarios con mucho poder dentro de Casa Rosada.

«Si te fijas, liquidaron a muchos desde que comenzó la gestión de Milei. Todos con la orden de una o dos personas. Pero a ella nadie le responde. Se encargó de que le llegue a varios que si su teléfono comienza a filtrar cosas va a ser un escándalo mayúsculo, acotó a este medio alguien que conoce los detalles de los movimientos de muchos que comenzaron a militar en el sector al momento de comenzar la pandemia.

«Su mejor herramienta es tener secretos de los que empezaron esto. Ni hablar de los que trabajaron fuerte en el campaña de Javier», completó la misma fuente.

4 septiembre 2024
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Único en el NEA: El hospital Madariaga (en Posadas, Misiones) opera a pacientes epilépticos con innovadora técnica

por A. Miravet 4 septiembre 2024

Misiones desde hace años es la única provincia del NEA que hace este tipo de cirugías en el ámbito público y de manera gratuita. El Gobierno de Misiones aplica políticas públicas gratuitas en el Parque de la Salud que permite desarrollar intervenciones en patologías muy complejas. La inversión en infraestructura, tecnología y factor humano, hacen posicionar a la provincia con técnicas innovadoras para beneficio de los misioneros y mejorar su calidad de vida.

El Parque de la Salud desde el 2019 viene haciendo cirugías a pacientes con epilepsia farmacoresistentes a todo tipo de medicación y que tienen una lesión que es potencialmente operable desde el punto de vista neuroquirúrgico. Se han hecho 10 intervenciones en total en el Hospital Escuela con el equipo neuroquirúrgico del Hospital Madariaga y de otras provincias como un neurocirujano de Mendoza y un neurólogo de Buenos Aires.

El Dr Cristian Gabriel Hardaman ( Mat Nac 154068- Mat Prov 4961 ) del Servicio de Neurología del Hospital Escuela de Agudos Dr Ramón Madariaga, explicó de que manera se realizan las operaciones y sobre que tipo de patologías gratuitas de epilepsia, las cuales se vienen consolidando desde 2019 con buenos resultados.

“Tenemos algunas cirugías que son receptivas, es decir que en el cerebro hay una parte que tiene una cicatriz y eso se puede sacar. Otras, en tanto, son cirugías de desconexión para aquellos pacientes que se caen o no llegan a apoyar las manos o diferentes tipos de lesiones y se desconecta el cerebro. Y se han realizado además dos intervenciones de neuromodelación que son terapias sin abordaje neuroquirúrgico sino que se coloca un circuito que se coloca en la parte anterior del pecho y con un cable se conecta al cuello y manda un impulso al nervio que llega al cerebro y esto puede abortar la crisis”, especificó el profesional.

Esta técnica de neuromodelación no es para todos los pacientes que tienen epilepsia, pero sí para si para aquellos que son farmacoresistentes y son operados por destacados profesionales de Misiones, Mendoza y Buenos Aires

“En general, dependiendo el tipo de cirugías, la evolución de los pacientes a sido buena. Hay pacientes que antes no podían logran una cierta independencia y ahora sí lo pueden hacer. Otros tenían mucha cantidad de fármacos y ahora han reducido las dosis y otros se le ha sacado toda la medicación y podido insertar laboralmente”, añadió el Dr Hardaman.

Recordemos que la epilepsia es una enfermedad que orienta mucho a la depresión, según el profesional y, cuando uno ofrece al paciente esta técnica quirúrgica que puede estar libre de crisis o mejorar la frecuencia de las crisis, le favorece potencialmente y de forma significativa su calidad de vida.

El médico neurólogo Oscar Adolfo Martínez, jefe de Área de Epilepsia del Hospital Británico de Buenos Aires y el de Clínicas elogió al Hospital Madariaga, admirado por la complejidad de su infraestructura. “Tengo la suerte de estar colaborando con los excelentes profesionales del Madariaga, las cirugías han sido exitosas en todos los casos, son tratamientos que no existen en todo el país, en muchos lugares no están disponibles y es uno de los pocos centros donde se realizan estas cirugías tan complicadas y que dan un beneficio enorme a los pacientes”, dijo.

Referenció que la epilepsia es una enfermedad común que afecta cerca del 1% de la población y que se puede manifestar con convulsiones que es la más común y alteraciones del aprendizaje, memoria y la atención que con más frecuencia se da en niños, pero también en adultos.

“El mensaje para los pacientes que tiene convulsiones, como desconexiones, como tildados, alteración de la memoria, que hagan la consulta con el médico neurólogo porque en algunos casos puede ser epilepsia y tienen tratamientos muy efectivos y cambia notoriamente la calidad de vida”, indicó el neurólogo Oscar Adolfo Martínez.

4 septiembre 2024
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Argentina / Política / Opinión | Sancionan medida que restringe fuertemente el acceso a la información pública, afectando derechos de la ciudadanía

por A. Miravet 3 septiembre 2024

El Gobierno dictó hoy un decreto que modifica la reglamentación de la Acceso a la Información Pública, que restringe los datos que pueden ser brindados desde el Estado ante una solicitud de información, al cambiar la definición de “información pública” y ampliar los motivos por los cuales una información puede ser catalogada como “secreta”.

Según este decreto – firmado también por Guillermo Francos- “no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido, ajenos a la gestión de los sujetos obligados”, en referencia los funcionarios alcanzados en la Ley N° 27.275 obligados a responder los pedidos de Acceso.

La Ley de Acceso 27.275 – sancionada en 2016 – define a la información pública como “todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que los sujetos obligados obtengan, transformen, controlen o custodien”, sin hacer ninguna mención a la “información privada”. Sin embargo, la ley aclara que los datos de las personas están protegidos, justamente, por la Ley de Datos Personales.

El decreto 780 también avanza sobre una definición más restringida de “documento” , ya que excluye de ese carácter a “las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto”. O sea, no quedan alcanzados por la obligación de transparencia ante un pedido de información.

En los fundamentos del decreto, se excluye a los funcionarios del Estado a brindar una respuesta cuando “la solicitud pretende ingresar a una esfera típicamente doméstica”. El decreto parecería darle un marco legal a la negativa del Gobierno a responder las solicitudes referidas a los perros del Presidente.

La Secretaría General – a cargo de Karina Milei – le había pedido opinión al Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, sobre si debían responder o no los pedidos de Acceso a la Información referidos a los canes del Presidente, como por ejemplo el gasto para mantenerlos. En su dictamen, Barra dijo en julio pasado que debían rechazarse porque hacían a su vida “privada”.

El texto reglamentario del nuevo decreto amplía los motivos por los cuales una información puede ser catalogada como “secreta” y, por ende, negada a quien la solicite. A partir de hoy, se podrá denegar información que pueda «causar daños o perjuicios» o esté vinculada a una denuncia o investigación judicial en curso.

El decreto también incorpora el concepto de “violación al principio de buena fe”, según el artículo 10 del Código Civil y Comercial de la Nación, que habilita a los jueces a fijar indemnizaciones a quienes hagan un uso “abusivo” de derecho de acceso.

El texto amplía las “excepciones” para brindar información. Agrega aquella que “por su especificidad, pueda ser utilizada para identificar rutinas, desplazamientos y ubicaciones de una persona”.

Esta redacción permitiría, por ejemplo, denegar datos de los ingresos de visitantes a la Residencia de Olivos, como los que se conocieron de acceso durante la pandemia en la gestión de Alberto Fernández.

También en el decreto se establece que está alcanzada por las excepciones, la información “cuyo conocimiento público, difusión o divulgación pueda, directa o indirectamente, causar daños y perjuicios”, en una redacción amplia que permite la discrecionalidad de los sujetos obligados a brindar la información.

También exime de la obligatoriedad de transparencia a aquella información que “se encuentre relacionada con denuncias o investigaciones en curso que, de hacerse pública, pueda poner en riesgo a denunciantes, testigos, víctimas o cualquier otra persona involucrada”. Quedan excluidas causas judiciales donde se investiguen y juzguen “casos de graves violaciones a los derechos humanos, genocidio, crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad”, una exclusión que ya estaba prevista en el artículo 8 de la ley ahora modificada por este decreto reglamentario.

La diputada nacional Karina Banfi advirtió que el Ejecutivo está «legislando por decreto» porque «cambia la naturaleza de la información pública”. También señaló que “desconoce cómo opera la ley” ya que “lo que pretenden resguardar está en el artículo 8 inciso i) y en el artículo 12” de la ley vigente.

Karina Banfi hizo mención así al artículo referido a las excepciones, que incluye en ese inciso “información que contenga datos personales y no pueda brindarse aplicando procedimientos de disociación, salvo que se cumpla con las condiciones de licitud previstas en la ley 25.326 de protección de datos personales y sus modificatorias”.

El artículo 12 de la ley, en tanto, establece que “los sujetos obligados deben brindar la información solicitada en forma completa. Cuando exista un documento que contenga en forma parcial información cuyo acceso esté limitado en los términos del artículo 8° de la presente ley, deberá suministrarse el resto de la información solicitada, utilizando sistemas de tachas”.

El Gobierno dispuso en el decreto, además, que a partir de ahora, para solicitar información pública, el solicitante deberá dar su número de documento, domicilio y correo electrónico, y en caso de tratarse de una persona jurídica, la razón social, CUIT, la identificación de su representante, y copia del poder legalizado que acredite esa condición.

Este requisito no figura en la ley vigente, que establece el principio del “informalismo” por el cual “las reglas de procedimiento para acceder a la información deben facilitar el ejercicio del derecho y su inobservancia no podrá constituir un obstáculo para ello. Los sujetos obligados no pueden fundar el rechazo de la solicitud de información en el incumplimiento de requisitos formales o de reglas de procedimiento”.

La ONG Poder Ciudadano también rechazó el decreto publicado hoy. “Nos preocupa el reciente decreto del Presidente de la Nación que, en lugar de impulsar el derecho de acceso a la información pública, pareciera limitarlo, por ejemplo, al modificar la definición de qué es información pública. Esta nueva norma olvida que el principio jurídico fundamental que sostiene este derecho –como estándar internacional que nuestro país ha refrendado vía obligaciones internacionales en incluso desde su Máximo Tribunal- es que la información se presume pública y el secreto es la excepción. Por eso, este decreto y su contenido no son el camino. Más derecho de acceso a la información significa más transparencia y menos corrupción”.

El decreto firmado por Milei modifica la aplicación de la Ley N° 27.275, sancionada a comienzos del gobierno de Cambiemos para contribuir a la transparencia de la administración pública nacional y facilitar su control por parte de la ciudadanía. La norma había sido un reclamo histórico de las organizaciones de la sociedad civil, y que nunca había avanzado antes en el Congreso por el rechazo del kirchnerismo.

La Ley de Acceso a la Información Pública vigente obliga a los tres poderes del Estado, al Ministerio Público Fiscal, a las empresas y sociedades en las cuales el Estado nacional tenga una participación minoritaria, pero sólo en lo referido a la participación estatal, a dar información cuando sea solicitada por un ciudadano, sin necesidad de acreditar un “interés legítimo”.

Esa obligación también alcanza a concesionarios y licenciatarios de servicios públicos; contratistas y prestadores bajo cualquier otra forma o modalidad contractual; organizaciones empresariales, partidos políticos, sindicatos, universidades y cualquier entidad privada a la que se le hayan otorgado fondos públicos, en lo que se refiera, únicamente, a la información producida total o parcialmente o relacionada con los fondos públicos recibidos.

El órgano garante de que se cumpla la Ley de Acceso a la Información es la Agencia de Acceso a la Información Pública creada también por ley. Su titular es Beatriz de Anchorena, designada en marzo de 2022 durante la anterior gestión. Es la que hoy debería expedirse sobre los alcances y legalidad de este decreto 780. (Publicado en X por Mariel Fitz Patrick)

3 septiembre 2024
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Argentina / Política | El decreto que restringe el acceso a la información pública es «inconstitucional»

por A. Miravet 3 septiembre 2024

Andrés Gil Domínguez denunció en su perfil de X la inconstitucionalidad del decreto 780/2024, mediante el cual se restringe el acceso información pública. Para Gil Domínguez, el nuevo decreto que reglamenta la ley 27.275 de acceso a la información pública «es inconstitucional por alterar irrazonablemente sus contenidos», a la vez que «desconoce lo establecido en el artículo 28 de la Constitución y el artículo 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos».

El abogado constitucionalista recordó que «la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso ‘CIPECC’ (2014) sostuvo que el acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental y un derecho humano -tanto individual como colectivo- que habilita a cualquier persona a conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan y que la información pública ‘no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina y, en consecuencia, la sola condición de integrante de la comunidad resulta suficiente para justificar la solicitud'».

«En idéntico sentido, la Corte IDH en varios fallos expresó que la “información no es propiedad del Estado y el acceso a ella no se debe a una gracia o favor del gobierno», resaltó. En esa línea, el jurista cuestionó que «el art. 2, al reglamentar el art. 3 de la ley 27.275, limita irrazonablemente el concepto de información pública al excluir toda información que contenga datos de “naturaleza privada” que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas ajenos a la gestión de los sujetos legalmente obligados, como así también, el concepto de documento al excluir las deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo o examen preliminar y limitándolo a los registros generados, controlados o custodiados por la actividad estatal. De esta manera, quedan especialmente protegidos los “aportes del sector privado” que terminan definiendo los contornos de las políticas públicas (como por ejemplo el DNU 70/2023 y la ley bases con RIGI incluido)».

Para Gil Domínguez, el decreto de Milei «atenta contra un derecho considerado esencial para el sistema democrático y consolida un sistema ‘facha’ que intenta apagar las voces divergentes y el pluralismo ideológico».

El decreto 780/2024 que tiene por objeto reglamentar la ley 27.275 de acceso a la información pública modificando la anterior norma reglamentaria (el decreto 206/2017) es inconstitucional por alterar irrazonablemente sus contenidos desconociendo lo establecido por el art. 28 de…

— Andres Gil Dominguez (@agildominguez) September 2, 2024


Postura crítica de FOPEA
FOPEA rechaza los cambios que el Gobierno nacional introdujo en la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública y advierte que implican un grave retroceso democrático.

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) rechaza los cambios que el Gobierno nacional introdujo en la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública y advierte que implican un grave retroceso democrático, ya que al limitar los datos que pueden ser proporcionados desalienta la participación ciudadana en los asuntos del Estado y oscurece la gestión pública.

El Decreto 780/2024, reglamentario de la Ley N° 27.275, contiene restricciones al derecho de acceso a la información pública que lesionan su efectiva vigencia. Los cambios se oficializaron a través del decreto 780/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial. Allí se incluyen límites a la interpretación de los asuntos de interés público. Entre ellos, “el alcance del concepto de ‘información pública’, que comprende cuestiones de interés público ligadas a la actividad estatal y su control, y excluye por su propia naturaleza a la información que hace al ámbito privado del funcionario o magistrado, especialmente cuando la solicitud pretende ingresar a una esfera típicamente doméstica”. También se especifica el alcance del término “documento”, al señalar que “las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto, no serán considerados documentos de carácter público”.

Además se introduce un artículo referido a la “buena fe”, y se fija que “la violación al principio de buena fe por parte de todos los actores intervinientes configura el supuesto previsto en el artículo 10 del Código Civil y Comercial de la Nación”, que implica la imposición de indemnizaciones.

FOPEA señala que debe presumirse como regla que toda la información que existe en poder de órganos públicos puede y debe ser divulgada. Ponemos de manifiesto hoy, tal cual lo hicimos en 2016 cuando la ley se sancionó, que son los ciudadanos los dueños de la información pública y no el Estado, por lo que el permitir su conocimiento no es una concesión discrecional de los gobiernos sino un imperativo normado.

Por ello alertamos que una limitación en este aspecto ataca todos los principios de transparencia activa. Tal como sostiene la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en una sociedad democrática los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y a la crítica del público y esa diferencia se explica porque se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente. “Sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público. Este umbral no se asienta en la calidad del sujeto, sino en el interés público de las actividades que realiza”, precisa la Corte.

También la Convención Americana sobre Derechos Humanos determina con precisión las pautas bajo las cuales los Estados pueden denegar el acceso público a información delicada. Estos son: a) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

Además destacamos que nos preocupa especialmente el artículo que pretende confeccionar un registro dirigido a identificar al solicitante, el contenido de la solicitud y la respuesta brindada “con el fin de agilizar y facilitar la respuesta de nuevas solicitudes cuyo contenido coincida con el de otras evacuadas previamente”.

La Organización de la Naciones Unidas, al analizar el acceso a la información pública, advierte que no es concebible un Estado en el que existan “secretos” o informaciones privilegiadas porque esto significaría que se actúa en función de algún “interés particular” desnaturalizando la propia concepción de la democracia. En rigor, ninguna modificación administrativa puede significar un retroceso en la garantía del derecho, tal como se pretende con este decreto publicado hoy en el que incluso se habla de “abuso en el ejercicio” de petición por parte de los solicitantes.

Hay sobrada jurisprudencia internacional y nacional en la que se ratifica que el acceso a la información es un instrumento clave para el ejercicio de otros derechos, tales como derechos económicos, sociales y culturales. Es decir, el derecho a la información permite a los ciudadanos definir ciertas circunstancias que pueden afectar su vida cotidiana y desarrollar la capacidad para tomar decisiones informadas y acciones concretas con el fin de mejorar sus condiciones de vida.

De tal manera, este derecho no puede ser restringido mediante un decreto del Poder Ejecutivo, sino únicamente por una ley dictada por el Congreso, de conformidad con los estándares internacionales que rigen la materia.

 

3 septiembre 2024
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Nacionales / Economía | De diciembre a mayo cerraron 8 mil empresas en Argentina

por A. Miravet 3 septiembre 2024

Desde mayo a noviembre del años pasado se habían creado unas 5 mil empresas llego a estar registradas hasta ese mes unas 511 mil en toda la Argentina. Pero de diciembre a mayo de este año cerraron 8 mil empresas.

Un dato interesante, es que en noviembre pasado, justo antes de la asunción del nuevo Gobierno, se contabilizaban 511.337 compañías, lo que significa que, desde que asumió Milei, cerraron 8.952 empresas.

El dato se desprende de las últimas estadísticas publicadas por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT), correspondientes a mayo de este año. En detalle, en mayo de 2023 había 507.708 compañías registradas en el país. Un año más tarde, en el quinto mes de 2024, el número de empresas se redujo a 502.385 (5.323 menos) al cálculo interanual, En medio se crearon empresas y se cerraron m{as de las creadas en la etapa libertaria.

Se debe tener en cuenta que el organismo muestra únicamente a las firmas con al menos un trabajador registrado en actividad, por lo que quedan fuera del análisis las empresas unipersonales y las que se encuentran en la informalidad.

De todas maneras, se debe tener en cuenta que muchas firmas registran altas y bajas en determinadas épocas del año por cuestiones estacionales. Por eso, lo técnicamente correcto es siempre analizar las comparaciones interanuales.

De cualquier forma, está claro que el universo empresario se está achicando. La caída se da dentro del marco de fuerte recesión que atraviesa el país. Según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), la actividad económica nacional cayó en siete de los últimos ocho meses y acumula una baja del 3,2% en el primer semestre del año.

Algunos sectores en particular, como la industria, el comercio y la construcción muestran indicadores mucho más preocupantes y eso se ve reflejado en la cantidad de unidades productivas que existen en cada caso.

No a todos los sectores les fue de la misma manera en el período analizado. Algunos crearon nuevas unidades productivas, mientras que otras cerraron puertas de a miles.

El rubro al que peor le fue entre mayo de 2023 e igual mes de este año es el de transporte y almacenamiento, que pasó de 40.418 a 37.762 firmas registradas, lo que dejó como resultado un balance de -2.656 empresas.

También se destacó el caso de los servicios inmobiliarios (perdió 1.578 compañías) y el de la construcción (la baja fue de 1.284 firmas). En el primer caso incidió la ley de alquileres, que hasta su derogación provocó una baja pronunciada de la actividad en ese sector.

En el caso de la construcción, tuvo una fuerte incidencia la decisión del Gobierno de frenar por completo la obra pública financiada con recursos nacionales.

También perdieron empresas otros sectores de mucho peso en el universo empresario, como la agricultura, que pasó de 53.976 a 53.536 compañías (-640) y la industria manufacturera, que bajó de 49.050 a 49.556 (-152).

No todas son malas noticias. Algunas ramas de actividad lograron crear nuevas empresas en el último año. Ese fue el caso del rubro de asociaciones y servicios personales, que tenía 39.292 unidades productivas en mayo de 2023 y llegó a 40.255 en igual mes de este año (963 firmas nuevas).

También abrieron nuevas empresas en los sectores de hoteles y restaurantes (462 firmas nuevas) y las actividades administrativas (415).

En la lista aparece llamativamente el comercio, un grupo que en los últimos meses ha sido golpeado por la pérdida del poder adquisitivo de los salarios y la falta de financiamiento. Según los datos publicados por el SRT, hace un año había 146.381 empresas en el rubro comercial y esta temporada hay 146.648, lo que da como resultado una diferencia a favor de 267 unidades productivas.

Completan los datos positivos los rubros de salud (162 empresas nuevas), administración pública (31) y la explotación de minas y canteras (15).

3 septiembre 2024
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Nacionales / Misiones / Judiciales | Fiscal del Caso Kiczka señala que es aberrante el MASI que consumían los hermanos

por A. Miravet 3 septiembre 2024

En enero pasado, Dupuy recibió en su oficina una alerta de la organización estadounidense NCMEC, que monitorea el tráfico de material pedófilo en redes y colabora con la Justicia argentina que incluía a objetivos en Misiones. La investigación a nivel provincial estuvo a cargo de juez Miguel Ángel Faría, quien de inmediato ordenó una serie de allanamientos donde se incautaron teléfonos y computadoras de los hermanos. También, y el posterior desafuero del diputado, su detención y la de su hermano.

“Las imágenes son aberrantes. Más allá de que trabajamos hace más de 10 años en la temática, nunca dejamos de conmovernos. Son realmente tremendas”, aseguró hoy la fiscal en declaraciones a Radio Mitre sobre el archivo prohibido que motivó la causa en contra de Kiczka.

“En este caso hablamos de niños y niñas muy pequeños. Bebés siendo abusados, niñas y niños menores de 13 años llevando a cabo actividades sexuales con adultos. Eso se produce y se distribuye, y para producir hay que abusar sexualmente de los niños”, continuó.

En cuanto al modus operandi de los pedófilos para captar a sus víctimas -por lo pronto, los Kiczka no se encuentran acusados de abuso de menores, solo de tenencia y distribución del material, descargado y compartido por la vieja red eMule- Dupuy advirtió que “esto puede pasarle a nuestros propios hijos”.

“Hoy la captación más frecuente es a través de WhatsApp, juegos en línea, Instagram y otras redes sociales, donde las personas que cometen este tipo de delitos captan a los niños y adolescentes y comienzan a tener una relación de amistad. Rompen el hielo diciendo que tienen muchos gustos parecidos, como el deporte, y luego terminan consiguiendo que las víctimas le envíen fotos o videos llevando a cabo alguna actividad sexual”, precisó.

Por último, la titular de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas de estimó que los hermanos Kiczka podrían recibir una condena ejemplar por los presuntos delitos cometidos. “Si la Justicia de Misiones hace un buen trabajo y profundiza la investigación, estas personas van a llevar muchísimos años en prisión”, concluyó.

El domingo, luego de que se mostrara sonriente y locuaz durante la visita de familiares en la comisaría de Apóstoles, el diputado Germán Kiczka, acusado de pedofilia, fue trasladado la Unidad Penal VIII de Misiones por decisión del juez Faria. El mismo destino tuvo su hermano, Sebastián, preso también por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil.

El viernes pasado, el diputado provincial se negó a declarar ante el magistrado. Durante la audiencia, lo notificaron de las pruebas que hay en su contra.

Germán Kiczka fue detenido el miércoles por la noche en el pueblo de Loreto, Corrientes, tras permanecer varios días prófugo. Tenía un pedido de captura internacional de Interpol en su contra, puesto que se especulaba que podría encontrarse en España, Paraguay o Brasil; a su vez, pesaba sobre él una recompensa de 5 millones de pesos, emitida por el Gobierno de Misiones.

Sebastián, su hermano, fue detenido un día después, acusado también por el mismo delito. Cayó en la localidad misionera de San Juan de la Sierra, a 40 kilómetros de donde vivía. Fue visto sucio y desorientado. Incluso, las autoridades creyeron que se trataba de un indigente.

3 septiembre 2024
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Nacionales / Política | Gobierno libertario restringe acceso a la utilización de la Ley de Información Pública

por A. Miravet 3 septiembre 2024

El decreto 780/2024 redefine el concepto de «información pública», excluyendo explícitamente cualquier dato de naturaleza privada generado, obtenido o custodiado por personas humanas o jurídicas privadas que no esté vinculado a un interés público comprometido, incluso el acceso a documentos que formen parte de deliberaciones preparatorias o que sean considerados «papeles de trabajo».

Específicamente, la normativa reglamenta el artículo 1° de la Ley N° 27.275 en lo relacionado con el principio de “buena fe” y establece: “La violación al principio de buena fe por parte de todos los actores intervinientes configura el supuesto previsto en el artículo 10 del Código Civil y Comercial de la Nación” y fija que “el juez debe ordenar lo necesario para evitar los efectos del ejercicio abusivo o de la situación jurídica abusiva y, si correspondiere, procurar la reposición al estado de hecho anterior y fijar una indemnización”.

Una de las modificaciones más controversiales es la reglamentación del acceso a la información relacionada con la vida privada de los funcionarios públicos, ya que a partir de ahora, dicha información solo será posible si el titular de los datos prestó su consentimiento explícito o si la información está directamente relacionada con las competencias de los funcionarios en cuestión.

El decreto también introduce nuevas disposiciones para la gestión de solicitudes de acceso a la información y establece que la plataforma destinada a la gestión para ingresar a esto deberá contener un registro detallado de los solicitantes y las respuestas brindadas, con el objetivo de agilizar y evitar la repetición innecesaria de solicitudes similares.

En tanto, la Agencia de Acceso a la Información Pública tendrá en cuenta las solicitudes reiterativas que generen un uso innecesario de recursos administrativos, considerando estas como un posible abuso del derecho de acceso a la información pública.

Tras esta decisión del gobierno de Javier Milei, algunos especialistas en derecho consideran que esto puede tratarse de un decreto inconstitucional, mientras que otros apuntan que con esta medida afectan transparencia de la gestión gubernamental.

La nueva norma establece que quedan fuera de la información que el Estado está obligado a dar los datos que “por su propia naturaleza” hacen “al ámbito privado del funcionario o magistrado, especialmente cuando la solicitud pretende ingresar a una esfera típicamente doméstica”. Se trata de una categoría no prevista por la ley, una norma que establece expresamente que “se presume pública toda información que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien” los funcionarios y que las “únicas limitaciones y excepciones” son las que que prevé la propia ley.

En julio de este año, el Gobierno se manifestó ya en el mismo sentido de la reglamentación que ahora dispuso. Amparado en la necesidad de proteger el ámbito privado del Presidente, el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, sostuvo que debían rechazarse los pedidos de acceso a la información sobre los perros de Javier Milei que viven en la quinta de Olivos (consultas que incluían, por ejemplo, cuánto habían costado los caniles construidos en la residencia oficial). Barra, en respuesta a una consulta de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, dictaminó que eran preguntas “banales” y que debían rechazarse los pedidos de acceso porque versaban sobre asuntos que hacían a la vida “privada” del Presidente. Barra se quejó además de que se hubieran presentado pedidos de acceso a la información semejantes y exhortó a que no volvieran a hacerse consultas de esta naturaleza.

En el decreto publicado el lunes se introduce además un artículo referido a la “buena fe”. Dice: “La violación al principio de buena fe por parte de todos los actores intervinientes configura el supuesto previsto en el artículo 10 del Código Civil y Comercial de la Nación”. Ese artículo habilita a los jueces a imponer “indemnizaciones” a quienes hagan un ejercicio abusivo de un derecho.

En la ley, en cambio, la única referencia a la “buena fe” es en alusión a las personas obligadas (no a los peticionantes). Dice que los funcionarios deben interpretar la ley de acceso a la información pública “de manera tal que sirva para cumplir los fines perseguidos por el derecho de acceso, que aseguren la estricta aplicación del derecho, brinden los medios de asistencia necesarios a los solicitantes, promuevan la cultura de transparencia y actúen con diligencia, profesionalidad y lealtad institucional”.

El decreto de este lunes es el 780/24 y está firmado por el Presidente y el jefe de gabinete, Guillermo Francos. Su publicación en el Boletín Oficial puso en alerta a organizaciones de la sociedad civil especializadas en acceso a la información pública, como Poder Ciudadano, que emitió un comunicado en el que expresó su “preocupación” por el decreto y dijo que la nueva norma olvida que el principio fundamental “es que la información se presume pública y el secreto es la excepción”. En el mismo sentido se pronunció el Foro de Periodismo Argentino (Fopea).

En su artículo 3, el decreto de Milei señala: “No se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido, ajenos a la gestión de los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la Ley N.º 27.275 y su modificatoria”. Ese artículo incluye a la administración pública nacional, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Consejo de la Magistratura, las empresas y sociedades del Estado, entre otros.

El decreto también sostuvo que era “necesario adoptar medidas para evitar la divulgación de toda información que, por su especificidad, pueda ser utilizada para identificar rutinas, desplazamientos y ubicaciones de una persona, así como la relacionada con denuncias o investigaciones en curso”. Se trata de otro criterio restrictivo y poco preciso que se incorpora por decreto.

Además, cuando reglamenta el concepto de “documento” que puede ser requerido, establece que no están alcanzados por la ley “las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto”. Otra restricción que no está contemplada en la ley.

Entre las excepciones sí previstas en la ley de acceso está la “información expresamente clasificada como reservada o confidencial o secreta, por razones de defensa o política exterior”. El decreto prevé que ese “carácter debe ser dispuesto por normas que reglamenten el ejercicio de la actividad y por acto fundado de las respectivas autoridades competentes, de forma previa a la solicitud de información”. Dispone además que “en caso de no existir previsión en contrario, la información clasificada como reservada, confidencial o secreta mantendrá ese estado durante 10 años desde su producción, transcurridos los cuales, el sujeto obligado deberá formular un nuevo análisis respecto de la viabilidad de desclasificar la información con el fin de que alcance estado público”.

El decreto también reglamenta el inciso que establece como excepción la “información que pudiera poner en peligro el correcto funcionamiento del sistema financiero o bancario”. Establece que encuadra en esa categoría la información que “sea secreta, en el sentido de que no fuera generalmente conocida ni fácilmente accesible para personas introducidas en los círculos en que normalmente se utiliza ese tipo de información, en todo o en las partes que la componen” y que “tenga un valor comercial por ser secreta” y “sea objeto de medidas razonables para mantenerla secreta”.

El Poder Ejecutivo también reglamentó el artículo 4° de la ley, que dice que “toda persona humana o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar y recibir información pública, no pudiendo exigirse al solicitante que motive la solicitud, que acredite derecho subjetivo o interés legítimo o que cuente con patrocinio letrado”. El decreto agregó que el solicitante deberá presentar, “en caso de tratarse de una persona humana, su nombre y apellido, documento de identidad, domicilio y correo electrónico” y “en caso de tratarse de una persona jurídica, la razón social y CUIT y la identificación de su representante” y “adicionalmente, copia del poder legalizado vigente que acredite su condición de representante o autorizado a tales efectos”.

La ley de acceso a la información pública fue sancionada en 2016. Es considerada una herramienta clave para promover la participación ciudadana en la transparencia y el control en la administración pública. Obliga a los tres poderes del Estado, al Ministerio Público, a empresas, a partidos políticos, a universidades y a gremios que reciban aportes públicos, entre otros sujetos, a responder, en un plazo no mayor a un mes, a las solicitudes de información que eleve cualquier ciudadano. Tanto la Corte Suprema como organismos internacionales advirtieron que el acceso a la información pública es un derecho fundamental y que el Estado no puede disponer de la información como si fuera de su propiedad.

3 septiembre 2024
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Nacionales / Economía | Por la suba de precios regulados, anticipan que la inflación de agosto superó el 4%

por A. Miravet 3 septiembre 2024

El índice de Precios al Consumidor (IPC) de la Fundación Libertad y Progreso (LyP) arrojó un aumento de 4,4% en agosto, lo que implicó una aceleración de 0,4 puntos porcentuales respecto a la medición oficial de julio (4,0%).

El informe precisó que “la clave detrás de este leve aumento fue la suba de precios regulados”. En cuanto a la inflación núcleo, indicó que continúa con su tendencia a la baja y marcó 3,5%, 0,3% menos que el mes anterior.

De esta manera, en los primeros ocho meses del año el IPC acumula una suba de 95,3%. Mientras que la variación interanual alcanza el 237,5%, marcando la cuarta desaceleración consecutiva.

Al profundizar en el análisis de la suba mensual, desde LyP sostuvieron que “hay que tener en cuenta que nuevamente los precios regulados presionaron al alza”, detallando que “la actualización de tarifas de electricidad y gas, y transporte público del AMBA, fueron los principales motivos de la aceleración”.

En ese sentido, el Director de la Fundación Libertad y Progreso, Aldo Abram, señaló que “continúa la tendencia descendente de la inflación; lo que ocurre es que en julio se postergaron aumentos de tarifas que se dieron en agosto”.

En cuanto a la estimación que trazan para el mes que acaba de empezar, anticiparon que “el IPC de septiembre estará afectado fundamentalmente por dos componentes”, haciendo referencia a “por un lado, la reducción del impuesto país del 17% al 7,5%, que estimamos tendrá una incidencia aproximada de 0,7 puntos porcentuales, que presionará a la baja”.

En tanto que, por otro, mencionaron que “los aumentos anunciados de tarifas de electricidad, gas y agua, junto a la suba del impuesto a los combustibles, tendrán una incidencia positiva de 0,3 puntos porcentuales sobre el índice”.

Al respecto, adelantaron que “esperamos una desaceleración en el IPC para septiembre, que por ahora estimamos se ubicará en el rango 3,0%-3,5%”.

Con respecto a la incidencia en los precios de la baja del Impuesto PAÍS, Abram, puntualizó que “en un contexto de inflación, no necesariamente se observarán bajas nominales de precios; ya que, en algunos casos, serán menores las subas” y afirmó que “tampoco, todo el impacto se daría en un mes”, agregando que “no hay que confundir el impacto de la baja de un impuesto, que es un cambio de una vez, con una menor inflación”.

El economista Jefe de la Fundación Libertad y Progreso, Eugenio Marí, expresó que “desde mediados de junio que la base monetaria se encuentra relativamente estable, lo que ha contribuido a calmar la brecha cambiaria y volver a poner sobre la mesa la posibilidad de que la inflación siga bajando”.

En ese marco, estimó que “si este escenario se convalida y el IPC empieza a correr a una velocidad cercana al 3% mensual, la inflación anual empezaría a reducirse hasta 30 puntos porcentuales por mes, ya que estaríamos comparando con los meses de 2023 que tuvieron mayor aceleración de los precios».

3 septiembre 2024
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