Argrentina / Economía | Cumpliendo con el FMI aumentan hasta 120 % facturas de luz en febrero

Afectará aproximadamente al 30% de los usuarios. En este artículo podrás ver la tabla de ingresos altos, medio y bajos para saber si continúa el subsidio. Esto va en sintonía con lo solicitado por el Fondo Monetario Internacional

El gobierno anarco capitalista del presidente Javier Milei dispuso un aumento en el precio mayorista del servicio eléctrico y, a partir de febrero, habrá subas en las tarifas de luz de hasta un 120% para los sectores de mayores ingresos. Los aumentos para medios y menores ingresos llegarán en abril. Esto va en sintonía con lo solicitado por el Fondo Monetario Internacional.

Según dispuso la Secretaría de Energía, a cargo de Eduardo Rodríguez Chirilo, a través de la Resolución 7/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial, se trata de un fuerte incremento en uno de los componentes de la tarifa total, que impactará solamente sobre los usuarios residenciales que están catalogados como «Nivel 1» de la segmentación, que representa aproximadamente a un 30% del total de los hogares, y que renunciaron o no pidieron los subsidios a la energía.

Mientras tanto, «para evitar impactos bruscos», especifica la resolución, continuará por tres meses más, hasta mayo, el congelamiento para los usuarios de «Nivel 2» (ingresos bajos) y de «Nivel 3» (ingresos medios), «hasta tanto se ponga en vigencia el nuevo sistema de subsidios que considerará la capacidad de pago de cada consumidor». Estos segmentos mantendrán más del 90% del costo con la subvención estatal.

En la disposición, el Gobierno enumeró una larga lista de motivos que lo llevaron a tomar la decisión de subir el precio mayorista, entre los que se destacan la política de la gestión de Alberto Fernández de, aseguran, “no transparentar los costos reales del suministro eléctrico, provocando graves trastornos en el crecimiento y funcionamiento del sistema».

También se amparó en la declaración de la emergencia del Sector Energético Nacional dispuesta 16 de diciembre del año pasado, seis días después de la asunción de la administración libertaria, y que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

En este sentido, desde el Gobierno remarcaron que la decisión va en línea con “la necesidad de adoptar medidas urgentes para poner fin al déficit fiscal” y agregaron que “el sector energético resulta central para la reversión de la situación de crisis que atraviesa el país”.

Esta medida va de la mano con lo que el Gobierno acordó con el Fondo Monetario Internacional en la séptima revisión del acuerdo con la Argentina, con la promesa, desde el Ejecutivo, de aumentos del 200% en las tarifas de electricidad y del 150% en las del gas. Esto, mientras busca reducir los subsidios energéticos en 0,5% del Producto Interno Bruto.

El nuevo esquema de subsidios tiene como principal objetivo alcanzar tarifas razonables y justas para el valor de la energía. Esta iniciativa propone una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar.

Para ello, se establecieron tres grupos:

Segmento de ingresos altos
Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $1.735.294,11 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).

Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $2.117.058,82.

Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.

Tener 3 o más inmuebles.

Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

Segmento de ingresos medios

Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:

Ingresos mensuales totales entre $495.798,32 y $1.735.294,11 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $743.697,48 y $1.735.294,11 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Poseer hasta 2 inmuebles.

Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

Segmento de menores ingresos

Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:
Ingresos netos menores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).

Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Poseer hasta 1 inmueble.

No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.

Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.

Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.