«Conducir para Uber es una actividad lícita»

Así lo planteó un juez de primera instancia que rechazó el planteo del gremio de los taxistas en contra de 33 personas que brindaban el servicio a través de la aplicación. El sindicato va a apelar.

El juez Luis Zelaya desestimó la denuncia del sindicato de taxistas contra el sistema de transporte privado Uber por «inexistencia de delito». «A lo sumo podrían existir faltas administrativas o infracciones de tránsito, pero no delitos», consideró el magistrado.

Según la justicia en todo caso se trata de un «un entuerto netamente comercial». La resolución dice que quienes conducen vehículos para «Uber» desarrollan, «una actividad comercial lícita», y que en todo caso podrían existir faltas administrativas o infracciones de tránsito, pero no delitos.

Así, el juez de instrucción, se adhirió al dictamen del fiscal Jorge Ballestrero y rechazó por «inexistencia de delito“ la denuncia que la gremial de los taxistas formuló contra 33 conductores de Uber por los presunto «entorpecimiento del transporte, desobediencia, competencia desleal, instigación a cometer delitos y asociación ilícita“.

En su dictamen, además, Ballestrero «se encargó de desechar la instigación delictiva y la asociación ilícita, porque entendió que la aparición de Uber busca desarrollar una actividad comercial lícita bajo un modo de asociación con fines legítimos“. Zelaya coincidió: «No parece lógico que la intención de los acusados esté o haya estado orientada a entorpecer el transporte al que pretenden sumar sus servicios“.

Al poco tiempo de conocerse el fallo, la decisión fue apelada por el estudio Cúneo Libarona, que representa a los taxistas, y está a estudio de la Sala Quinta de la Cámara del Crimen.