La cautelar ordena en tal sentido «la suspensión inmediata de todos los efectos los artículos 164 al 168 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 (DNU 2023-70-APNPTE) y corolario de todas aquellas normas, actos y/o disposiciones administrativas nacionales dictadas en su consecuencia, que tengan por objeto desregular la comercialización de la yerba mate, liberar las importaciones del producto o materia prima del mismo y altera la estructura, funciones y atribuciones conferidas oportunamente al Instituto Nacional de Yerba Mate».
A su vez, ordena «supender los efectos de las normas y/o disposiciones y/o actos administrativos dictados que autoricen la importación de materia prima de yerba mate, entendida como tal a la hoja verde de yerba mate y/o yerba canchada, que no cumplimente con los controles de calidad establecidos por la normativa dictada oportunamente por el Instituto Nacional de Yerba Mate, código alimentario Nacional y reglamento técnico del Mercosur»
Se argumentó cuestiones sanitarias y de calidad del producto, ya que en otros países no están asegurados los extremos de control de calidad, y consecuentemente la apuesta de los productores a trabajar el suelo argentino se ve burlada con la entrada de materia prima de otros países, configurándose una competencia desleal.