Argentina / Medio Ambiente | La Justicia pone la lupa sobre eventos en Cataratas del Iguazú y exige informe urgente a Parques Nacionales

El juez federal de Puerto Iguazú, Marcelo Cardozo, ha emitido una orden contundente a la Administración de Parques Nacionales (APN) para que presente, en un plazo máximo de cinco días, un informe detallado sobre la autorización de "microeventos" en el área Cataratas.

Esta medida surge en el contexto de un amparo ambiental impulsado por la Asociación Orembaé, que busca frenar la realización de actividades recreativas y turísticas de pequeña escala en zonas de alta sensibilidad ecológica. La decisión judicial refleja una creciente preocupación por el posible impacto irreversible sobre la biodiversidad de un sitio que es Patrimonio de la Humanidad, priorizando los principios de prevención y precaución ambiental ante la falta de claridad en las autorizaciones emitidas.

La intervención del magistrado se fundamenta en el marco legal que protege el entorno natural, citando el artículo 41 de la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente. El juzgado busca determinar si la APN ha permitido o promovido eventos culturales y promocionales en los últimos años sin el debido rigor técnico. Para ello, exige la entrega de copias de los actos administrativos, resoluciones y convenios que avalaron dichas actividades, poniendo el foco en quiénes fueron los responsables de autorizar el uso de sectores específicos del Parque para fines que podrían chocar con la conservación.

Uno de los puntos más críticos del requerimiento es la solicitud de las evaluaciones de impacto ambiental. El juez Cardozo ha solicitado que se precise si existieron estudios técnicos previos a las autorizaciones y, en caso positivo, cuáles fueron sus conclusiones y las medidas de mitigación implementadas para proteger la flora y la fauna. La falta de esta documentación o una respuesta parcial por parte de la APN podría ser interpretada por la justicia como una admisión implícita de las irregularidades denunciadas por los ambientalistas, lo que fortalecería la posición de quienes exigen la nulidad de las medidas.

El conflicto escaló tras la aprobación de la Resolución N° 460/2025, la cual estableció un régimen «excepcional y experimental» para permitir eventos de hasta 60 personas en áreas de uso público intensivo. Esta normativa fue el detonante para que la Asociación Orembaé presentara el amparo el pasado 16 de enero, argumentando que se trata de una resolución con nulidad absoluta. La preocupación de las organizaciones civiles radica en que estas excepciones puedan sentar un precedente peligroso que priorice la explotación comercial por sobre la integridad del ecosistema selvático.

Finalmente, la situación se ha agravado con la reciente incorporación de informes científicos y auditorías que señalan un escenario de «alta vulnerabilidad» para el Parque Nacional Iguazú. Según la documentación aportada por la querella el pasado 1 de febrero, el ecosistema no estaría en condiciones de soportar una carga adicional de actividades antrópicas sin poner en riesgo su equilibrio básico. Ahora, la pelota está en el campo de la Administración de Parques Nacionales, que deberá justificar con pruebas técnicas y legales por qué decidió abrir las puertas de las Cataratas a eventos privados en un contexto de crisis climática y ambiental.