La decisión judicial desarticula la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN), una normativa impulsada por el gobierno libertario que buscaba flexibilizar el uso de este patrimonio de la humanidad para fines comerciales. De esta manera, la gestión del presidente ultraderechista Javier Milei sufre un revés jurídico determinante en su intento de mercantilizar áreas protegidas de altísima sensibilidad ecológica sin los controles adecuados.
La sentencia, firmada por los jueces Cardozo, Boldu y Tyden, revoca el rechazo de primera instancia y advierte sobre el peligro inminente que representaba autorizar estos «microeventos» mediante mecanismos administrativos simplificados. Para los magistrados, habilitar actividades privadas de hasta 60 personas bajo meras declaraciones juradas era una imprudencia que omitía pasos legales obligatorios, como la Evaluación de Impacto Ambiental y las audiencias públicas. Este intento del gobierno libertario de eludir el rigor científico y la participación ciudadana fue calificado de riesgo inaceptable, priorizando el principio preventivo que establece que, ante la duda, se debe favorecer a la naturaleza.
Desde la organización ambientalista Orembae, que lideró la apelación, calificaron como una barbaridad que se pretendiera habilitar actividades comerciales en el corazón de las Cataratas sin respetar compromisos internacionales como el Acuerdo de Escazú. El fallo de la Cámara refuerza que la presunción de legitimidad de un acto administrativo no puede estar por encima de la protección de un ecosistema único. La resolución del presidente ultraderechista Javier Milei buscaba avanzar con un carácter «experimental» que, según los jueces, podía transformarse rápidamente en una herramienta para vulnerar sistemáticamente la integridad del parque.
La Justicia fue tajante al señalar que el control sobre las áreas naturales protegidas es indelegable y no puede quedar sujeto únicamente a la supervisión interna de una administración que busca la desregulación total. Al suspender esta política de flexibilización, el tribunal recordó que el acceso a la información y la transparencia son pilares que el gobierno libertario no puede ignorar bajo la excusa del desarrollo turístico. La medida cautelar de no innovar frena cualquier intento de convertir la selva misionera en un salón de eventos privado, exigiendo el cumplimiento estricto de las leyes ambientales vigentes.
Este caso se transforma en un precedente fundamental para la defensa de los recursos naturales en todo el país frente al modelo de gestión nacional. Mientras la administración del presidente ultraderechista Javier Milei intenta imponer una visión donde el mercado prima sobre la conservación, la Cámara Federal de Posadas ha impuesto un límite institucional necesario. La protección de las Cataratas del Iguazú queda así resguardada de lo que ambientalistas y juristas describieron como un atropello a la biodiversidad, garantizando que el patrimonio de todos los misioneros y argentinos no sea sacrificado por intereses comerciales de corto plazo.

