La Justicia de Misiones reinicia el lunes 13 con personal reducido y desdoblamiento de jornadas

Si bien el gobernador de Misiones solicitó a los demás poderes adherir a la extensión de los asuetos administrativos hasta el 25 de abril, horas antes el Poder Judicial anunció que finaliza la Feria Extraordinaria y que retomará las tareas desde el lunes 13. No obstante, los plazos procesales seguirán suspendidos durante toda la semana.  Las actividades se desarrollarán siguiendo nuevas disposiciones del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que contemplan una apertura parcial de la cuarentena, ya que se trabajará con reducción de personal y desdoblamiento de horario, con las medidas de bioseguridad pertinentes: los barbijos y el alcohol en gel para el uso exclusivo del personal serán proveídos por el Poder Judicial. Magistrados y Funcionarios hasta los sesenta y cinco años de edad, que se encuentren en condiciones óptimas de salud, podrán asistir a prestar las tareas correspondientes bajo su exclusiva responsabilidad.

Con cada juez volverá habrá un equipo de colaboradores de no más de cinco personas por turno (de 7 a 12 y de 13 a 18 horas), una de esas personas de maestranza, adoptándose las medidas de seguridad estipuladas en el contexto de la pandemia por coronavirus.
La atención al público será de 7 a 12 horas, con personal reducido y con una ventanilla por dependencia. El personal de maestranza deberá proceder con la limpieza de las dependencias de 12 a 13 horas y de 17 a 18 horas.
La organización del trabajo y la concurrencia de personal dependerá de las autoridades de dependencia, quienes tendrán en cuenta el espacio en el que desenvolverán sus tareas.
Las audiencias y capacitaciones, o todo tipo de entrevista, se realizarán, siempre que sea posible, por los canales tecnológicos disponibles.
El Poder Judicial solicitó al Colegio de Abogados que brinde a sus asociados las herramientas necesarias para ejecutar todos los trámites utilizando el Sistema de Gestión de Expedientes Digitales (SIGED).

En acuerdo extraordinario 7/2020 determina en la Acordada 32/ 2020 que las audiencias a fijarse deberán llevarse a cabo, siempre que sea posible, haciendo uso de todos los medios tecnológicos que se encuentran a disposición a los fines de evitar la asistencia presencial de quienes deban participar en la audiencia. En caso de que la audiencia deba realizarse en los estrados judiciales, se llevarán a cabo donde el jefe de la dependencia considere más adecuado a los efectos de resguardar la seguridad de las personas intervinientes. Preferentemente deberán realizarse con la intervención máxima de hasta cuatro (4) personas. Sin perjuicio de ello, de requerirse la presencia de un mayor número de personas, el jefe de dependencia deberá adoptar las medidas necesarias para que se respete la distancia adecuada entre los participantes.A partir del día 13 de abril del corriente año deberán concurrir a cumplir sus tareas, conforme lo dispuesto en el punto 2º) del acuerdo, en la totalidad de los Juzgados, Cámaras de Apelaciones, Tribunales, Fiscalías y Defensorías de la Provincia sin distinción de fueros, como así también en las demás dependencias judiciales y administrativas: los Magistrados, Funcionarios Jefes de Dependencia y Secretarios.En lo referente al personal administrativo y de maestranza, podrá convocarse hasta un máximo de cinco (5) personas por turno, cuatro (4) administrativos y un (1) ordenanza. Sin perjuicio de ello, de requerir el jefe de dependencia un mayor número de personal, deberá solicitar la autorización correspondiente a Presidencia del Alto Cuerpo.

Quedan exceptuados de prestar servicios: los empleados mayores de sesenta años de edad; embarazadas; con enfermedades oncológicas; pacientes inmunodeprimidos (diabéticos, HIV o EPOC); con antecedentes cardíacos; con insuficiencia renal; todo ello, con la debida acreditación del Cuerpo Médico Forense que deberá efectuarse de manera on line, haciendo uso de cualquier herramienta digital que se considere pertinente.

Los Magistrados y Funcionarios hasta los sesenta y cinco años de edad, que se encuentren en condiciones óptimas de salud, podrán asistir a prestar las tareas correspondientes bajo su exclusiva responsabilidad.

Para las Defensorías Civiles y Juzgados de Paz de la Ciudad de Posadas se estableció que los turnos podrán ser requeridos telefónicamente, debiendo constar el nombre del solicitante y su D.N.I. Dentro del Palacio de Justicia los turnos serán expedidos en la recepción central (Isla del Palacio de Justicia – Planta Baja). Los jefes de dependencia deberán destinar un (1) agente a la recepción central a los fines de que asistan a los justiciables en sus consultas. Asimismo, deberá consultarse permanentemente el correo electrónico oficial de la dependencia.

También se decidió afectar transitoriamente como Jefe a Cargo de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Posadas, al Secretario de Cámara Gonzalo Nicolás Rodas. El personal deberá prestar servicios conforme lo dispuesto precedentemente. Los turnos de diligenciamiento deberán ser solicitados por vía telefónica y deberá consultarse permanentemente el correo electrónico oficial de la dependencia. Sin perjuicio de ello, se requiere a los profesionales que previo a concurrir a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones, hagan uso de todos los demás medios de notificación que habilitan los Códigos Procesales, como ser cartas documento y correo electrónico.

Las actividades del Cuerpo Médico Forense deberán realizarse, en la medida de lo posible, mediante la modalidad de teletrabajo haciendo uso de todos los medios digitales a su disposición como ser los mecanismos de videoconferencias y toda otra herramienta tecnológica que se considere pertinente evitando así, salvo necesidad justificada, la atención presencial del personal. En caso de que se requiera la presencia del personal en las dependencias se deberá respetar lo dispuesto en los puntos 3°, 4°, 5° y 8° de la presente acordada.

En atención a que la dispensa de la firma digital regirá únicamente durante la emergencia y con el fin de consolidar los beneficios que a futuro conllevará la implementación de las presentaciones digitales, se sugiere al Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones que inicie los trámites requeridos por la Oficina Nacional de Tecnología de la Información (ONTI) a los fines de constituirse como autoridad de firma digital remota y de esta manera otorgar la firma a sus colegiados evitando así el costo de adquisición del token. Se hace extensiva esta sugerencia a todos aquellos profesionales que deban actuar ante los estrados judiciales.

Los integrantes del Poder Judicial deberán cumplir estrictamente las medidas de salubridad y demás recomendaciones ya dispuestas y debidamente notificadas como ser el uso de barbijo dentro de las dependencias, respetar la distancia de al menos dos (2) metros entre personas, el lavado regular de manos y el uso de alcohol en gel, la ventilación adecuada de las dependencias, entre otras.

Los Superintendentes de los Edificios Judiciales y al personal de seguridad deberán controlar los ingresos habilitados a las dependencias y colocar alcohol en gel en las manos a quienes ingresaren a las mismas, como así también hacer cumplir la distancia recomendada entre personas -mínimo de dos (2) metros- en caso de formarse filas, evitando de esta manera que se produzcan aglomeraciones.