Letrado denuncia a sanatorio por “discriminación”

El abogado del foro local Alberto César Ibáñez realizó presentaciones ante el Inadi Delegación Misiones y el Colegio de Abogados considerándose «discriminado» por el Sanatorio Boratti que se negó a practicarle una operación programada esgrimiendo que «19 años atrás había demandado a esa entidad médica representando a terceros, por mala praxis».

 

sanatorio-boratti1

La intervención quirúrgica debía realizarse el 6 de este mes «por rotura de meniscos y según consta en la documental que presentó el letrado la operación no se realizó «porque 19 años atrás Ibáñez inició por orden de terceros una causa por mala praxis, en la que hubo una condena al sanatorio que éste resolvió con el pago de 80 mil dólares a quienes se habían declarado perjudicados».

En su denuncia Ibáñez pide la intervención del Colegio de Abogados por cuanto le resulta «insólito el derecho de admisión explicitado por Antonio Gómez, empleado a cargo del sector admisión-internación». Así como el que diera el doctor Duarte Franconi a su esposa: «su marido varios años atrás tuvo un juicio contra el Sanatorio por lo que la casa se reserva el derecho de admisión», indicó Ibáñez.

También dijo que «ni siquiera reparó en la distinción de una actuación en ejercicio de la profesión de abogado y no a título personal, manifestando su negativa a una respuesta escrita con expresiones propias del resentimiento y la venganza personal».

Según Ibáñez el profesional de la salud le expresó a su esposa que «el escrito que no debió firmar su marido y pensarlo antes,  fue el juicio contra el sanatorio, ahora que se atenga a las consecuencias. Debió pensarlo antes, la vida da muchas vueltas «, habría añadido.

Fue por ello que Ibáñez solicitó «la urgente intervención de la comisión directiva del Colegio de Abogados, considerando que la ‘causal’ invocada debe considerarse como atentatoria contra el ejercicio de la profesión y una amenaza cierta y concreta contra todo aquél profesional que pretenda asumir la defensa de terceros cuando el demandado sea el Sanatorio» de referencia.