Argentina / Política | Declaran inconstitucional inciso de la Constitución y policías de Misiones podrán votar

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones declaró el miércoles la inconstitucionalidad del inciso 10 del artículo 48 de la Constitución provincial, que prohíbe expresamente votar a “los soldados pertenecientes a las fuerzas armadas ni los agentes de las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales”.

El pronunciamiento se dio en el expediente N.º 76584/2025, impulsado por el Procurador General de la Provincia, Carlos Giménez, quien, a pedido del Gobernador, Hugo Passalacqua, cuestionó la validez constitucional de esa cláusula, que había sido respaldada por el Tribunal Electoral .

Votaron a favor de la declaración de inconstitucionalidad los ministros Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, Ramona Beatriz Velázquez, Juan Manuel Díaz, Froilán Zarza, Roberto Rubén Uset y Jorge Antonio Rojas, mientras que María Laura Niveyro y Cristina Irene Leiva no participaron del fallo por encontrarse con licencia.

El máximo tribunal provincial concluyó que la restricción es incompatible con la Constitución Nacional y con tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Según los fundamentos del fallo, el inciso impugnado afecta el principio de igualdad ante la ley y el pleno goce del derecho político a votar. “La representación de las autoridades depende de que su designación haya tenido origen en un acto comicial libre”, expresó el tribunal. También advirtió que excluir a los agentes de seguridad del sufragio “implica una discriminación injustificada”.

Además, el fallo se apoyó en precedentes del propio STJ que ya habían abordado planteos similares (resoluciones 447-STJ-2006, 146-STJ-2013, entre otras), y resalta que, al encontrarse vigente el cronograma electoral con fecha fijada para el 8 de junio de 2025, resultaba necesario resolver con celeridad la cuestión.

El STJ resolvió notificar esta sentencia al Tribunal Electoral provincial, a la Secretaría Electoral Nacional, al Poder Ejecutivo y a la Cámara de Representantes.