Alak afirmó el grupo pretende conseguir «una cautelar eterna» con la presentación ante la Corte para extender la medida que vence el 7 de diciembre, mecanismo que calificó como un «per saltum de hecho». En una rueda de prensa realizada en el Ministerio de Justicia, Julio Alak recordó que «gracias a la utilización de diversas maniobras, Clarín logró una medida judicial que lo ha beneficiado durante 3 años» y sostuvo que ese multimedio busca ser «el único grupo que goce de protección cautelar para no cumplir con la ley de medios.
Asimismo, sostuvo que el pedido realizado por el Grupo ante el máximo tribunal es un «per saltum de hecho» donde se pide la extensión de la medida que vence el 7 de diciembre.
«Este intento de Clarín es un per saltum de hecho que pretende extender aún más la cautelar. Pretenden una cautelar eterna», dijo Alak acompañado por el senador Marcelo Fuentes y el representante del Poder Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura, Hernán Ordiales.
Alak aseguró que al gobierno nacional «no le sorprende» la «contradicción» del Grupo Clarín de «hacer uso de hecho» de la herramienta del per saltum luego de haber «arrastrado hace pocos días a la oposición a votar en contra» en el Congreso Nacional.
«Consideramos además que en esta presentación se está cuestionando el funcionamiento de una cámara Civil y Comercial que el mismo Grupo ha elegido como fuero hace 3 años», aseveró el ministro, quien además consideró que no existe la «denegación de justicia» aludida desde Clarín ya que, en otros momentos, han «conseguido medidas que los han beneficiado».
Asimismo, señaló que la estrategia impulsada por el multimedio incluye una negativa a que se aplique la Ley de Subrogancia: «Hasta el momento, en la causa Clarín se han cubierto las vacantes con jueces jubilados, y esas convocatorias no fueron regulares».
«Este fuero fue denunciado penalmente porque algunos de sus miembros han viajado al exterior invitados por una organización de medios que integra el grupo Clarín», argumentó.
Por ello, el ministro destacó que «la Cámara demostró afinidades con el Grupo Clarín no sólo en sus fallos sino en su integración», y defendió el derecho constitucional de recusación.
Asimismo, denunció la irregularidad que representa que «Alejandro Carrió, el abogado del Grupo que presentó el pedido (ante la Corte), sea hermano del secretario de la Sala 1 que interviene en la cautelar de Clarín».
En tanto, el funcionario dijo que el Poder Ejecutivo «considera inviable» la presentación que realizó el Grupo Clarín y remarcó: «Estamos pidiendo una justicia independiente del Grupo como marca la Constitución Nacional».
Por su parte, el senador Fuentes señaló la contradicción en la que incurre Clarín cuando recurre a la Corte ante «la denegatoria» del magistrado natural, ya que, la maniobra de evitar la presencia de los jueces naturales a cargo del debido proceso, «produjo una parálisis del Consejo de la Magistratura» y fue «generada por sectores de la oposición funcionales a Clarín».
Según entiende el senador, esa situación «fue ocasionada por los sectores de la oposición funcionales al grupo Clarín que inmovilizaron primero el concurso que debía designar al juez natural y ahora están demorando lo que es cubrir los cargos de la Cámara Civil y Comercial de la Capital».
«El Grupo Clarín se agravia cuando no se mueve con las reglas que pretende, cuando se juegan las reglas del debido proceso, el Grupo Clarín como un chico caprichoso, dice ‘me llevo la pelota y no juego más este partido´», manifestó.
Por último, Ordiales aseguró que el «único afán» del grupo Clarín es «prorrogar la medida cautelar que evita que desinvierta como corresponde», según lo establece la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Ordiales informó que «la Cámara en lo Civil y Comercial decidió elegir por sorteo entre los conjueces que el Poder Ejecutivo remitió con acuerdo del Senado, quiénes cubrirán dos de los cargos de jueces de primera instancia».
En tanto, y en relación a las vacantes en la Cámara Civil y Comercial, el consejero señaló que, tal cual lo dispone la Ley Orgánica del Poder Judicial, esos jueces serán sorteados entre los miembros de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
«Esto no es como dice el Grupo Clarín, que sostiene que no corresponde, sino que deviene de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que data de 1958», consignó Ordiales, quien indicó que, en todo caso, el multimedios «también tendrá el derecho de recusar como lo ha hecho el Ejecutivo» en su momento.
«Estamos dentro de un Estado de derecho y las partes tienen todas las garantías constitucionales para recurrir a los medios que consideren convenientes», concluyó.